SIN INFORMACION

SALGADO VEGA CHRISTIAN SEBASTIAN/4° JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

6 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Cristián Octavio Peralta Alsúa, abogado, en favor de don Christian Sebastián Salgado Vega, interpone recurso de amparo preventivo en contra de la resolución de fecha 26 de diciembre de 2025, dictada por la jueza doña María Cecilia González Diez, titular del 4° Juzgado de Familia de Santiago, en la causa RIT Z-6648-2023. El recurrente sostiene que la medida de arraigo nacional que afecta al amparado se mantiene de forma ilegal y arbitraria. Expone que, ante su intención de viajar temporalmente a Francia por

Fundamentos

motivos familiares y laborales, ofreció como caución un vehículo Station Wagon, marca Daihatsu, modelo Terios 1.5, año 2008, patente BBGJ29-9, de su propiedad y con un valor comercial suficiente para garantizar las pensiones alimenticias futuras. Indica que el tribunal recurrido, pese a reconocer la existencia de un saldo a favor del alimentante en la liquidación de pensiones, supeditó el alzamiento del arraigo a exigencias extra-legales, tales como acreditar el pasaje de regreso y determinar quién se haría cargo de las pensiones durante su ausencia. Solicita se deje sin efecto dicha resolución, se declare suficiente la caución y se ordene el alzamiento inmediato del arraigo para restablecer el imperio del derecho y su libertad ambulatoria. Segundo: Que doña Paola Andrea Rivas Mardones, Jueza Titular del 4° Juzgado de Familia de Santiago, informa que en dicho tribunal se tramita la causa RIT Z-6648-2023, correspondiente a la etapa de cumplimiento de una pensión alimenticia en favor de Josefa Salgado Castaneda. Señala que, con fecha 31 de diciembre de 2025, el tribunal conoció de un recurso de reposición interpuesto por la defensa del alimentante en contra de la resolución impugnada por esta vía de amparo. Informa que, atendidos los nuevos antecedentes, dicho tribunal resolvió acoger la reposición, dejando sin efecto las exigencias cuestionadas y ordenando el alzamiento inmediato de la medida de arraigo nacional que afectaba al amparado. Asimismo, se declaró como suficiente la caución ofrecida consistente en la prenda sobre el vehículo patente BBGJ29-9. Concluye que, a la fecha del informe, no pesa sobre el amparado medida de apremio alguna en dicha causa. Tercero: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales al ejercicio de dicha libertad y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual, sin limitaciones y sin que importe el origen de tales atentados. Cuarto: Que, en consideración de lo anterior, y en virtud del mérito de lo informado por la recurrida, en el sentido de que, mediante resolución de 31 de diciembre de 2025, se levantó la medida cautelar de arraigo, esta Corte no advierte una vulneración actual de derechos constitucionales, ni tampoco identifica alguna medida que, a esta altura, pueda adoptarse para restablecer el imperio del derecho en favor del recurrente; Quinto: Que, de lo precedentemente expuesto, aparece que la presente acción cautelar carece ya de objeto, al haber desaparecido el agravio, por consiguiente, el recurso ha perdido oportunidad o actualidad jurídica, al no existir medida cautelar que pueda adoptar esta Corte para restablecer el imperio del derecho, de momento que éste no se encuentra quebrantado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Christian Sebastián Salgado Vega y en contra del 4° Juzgado de Familia de Santiago, por haber perdido oportunidad. Comuníquese y regístrese si no se apelare. N°Amparo-5340-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de enero de dos mil veintiséis. Al folio 7: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Cristián Octavio Peralta Alsúa, abogado, en favor de don Christian Sebastián Salgado Vega, interpone recurso de amparo preventivo en contra de la resolución de fecha 26 de diciembre de 2025, dictada por la jueza doña María Cecilia González Diez, titul

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