SIN INFORMACION

DURÁN/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES

Rol

Fecha

6 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Comparece Pablo Ismael Acevedo López, abogado, en representación de Ricardo Alejandro Durán Coroseo, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por haber efectuado descuentos unilaterales en sus remuneraciones sin notificación previa y encontrándose pendiente un juicio ejecutivo por la misma deuda. Considera que dicha actuación es ilegal y arbitraria, atendido a que se realizó sin información previa al afectado y existiendo una causa judicial vigente por idéntica obligación, vulnerando, con ello, el derecho de propiedad consagrado en el artículo 19, Nº 24 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita el cese de los descuentos y la restitución de las sumas retenidas. Informa la recurrida Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, al tenor de la acción cautelar interpuesta en su contra. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente funda su recurso señalando que el 31 de julio de 2023 contrató con la recurrida un préstamo de consumo, materializado mediante la suscripción de un pagaré por la suma de $12.835.106 de capital, pagadero en 48 cuotas mensuales de $464.577 cada una. Señala que en dicho instrumento se pactó una cláusula de aceleración y se estipuló la facultad de efectuar descuentos directos de su remuneración. Indica que, debido a sus condiciones económicas, incurrió en mora respecto de la obligación, adeudando la suma de $11.230.718, razón por la cual la caja de compensación inició en su contra un juicio ejecutivo que rola bajo el rol C-103-2025, ante el Cuarto Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, causa que actualmente cuenta con sentencia favorable de abandono del procedimiento. Manifiesta que no obstante lo anterior, al recibir su liquidación de remuneraciones correspondiente al mes de agosto de 2025, constató que su empleador había efectuado descuentos por planilla ascendentes a $450.585, ordenados por la recurrida, sin que esta le hubiera notificado previamente dicha determinación. Invoca el artículo 19, Nº 24 de la Carta Fundamental, sosteniendo que los descuentos unilaterales afectan su patrimonio y lo privan de beneficios económicos necesarios para su subsistencia. Asimismo, refiere los artículos 21 y 22 de la Ley N° 18.833, argumentando que la recurrida, al haber optado por la vía judicial para el cobro de la deuda mediante el ejercicio de la cláusula de aceleración, renunció voluntariamente al mecanismo de descuentos por planilla, configurándose un doble cobro que resulta caprichoso y abusivo. Agrega que la falta de notificación previa contraviene la jurisprudencia uniforme sobre la materia, citando diversos fallos de tribunales superiores de justicia. Sostiene que la conducta de la recurrida vulnera su derecho de propiedad al privarlo de parte de sus remuneraciones de manera arbitraria, unilateral y sin información previa, afectando su capacidad de subsistencia y constituyendo un ejercicio abusivo de las facultades conferidas por la ley. Finalmente, solicita que se acoja el recurso y, en su mérito, se ordene a la recurrida cesar todo tipo de retención o descuento en la remuneración del recurrente, restituir los descuentos efectuados y los que pudieren realizarse durante la tramitación de la causa, con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que evacúa informe la recurrida Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, quien solicita el rechazo del recurso de protección deducido en su contra. Expone que el 21 de agosto de 2018 otorgó al recurrente Ricardo Alejandro Durán Coroseo un crédito social código N° 006CON103821004, por un capital inicial de $12.835.106, con una tasa de interés mensual de 2,15%, pagadero en 48 cuotas mensuales de $464.577. Expone que dicha operación crediticia presentó diversos incumplimientos, pagos diferidos y períodos de morosidad, lo que motivó una reprogramación de la deuda

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE ACOGE, con costas, el recurso de protección deducido por Pablo Ismael Acevedo López, abogado, en representación de Ricardo Alejandro Durán Coroseo, en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por lo que la recurrida deberá abstenerse de practicar el cobro de los créditos señalados, vía descuento de remuneraciones, respecto del pagaré N°006CON103821004, debiendo reembolsar los montos indebidamente descontados de las liquidaciones del actor. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 1600-2025 (Protección) 2

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a seis de enero de dos mil veintiséis. VISTOS: Comparece Pablo Ismael Acevedo López, abogado, en representación de Ricardo Alejandro Durán Coroseo, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por haber efectuado descuentos unilaterales en sus remuneraciones sin notificación previa y encontrándose pendiente un juicio ej

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