JUZGADO DE FAMILIA CORONEL

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

6 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo esta Corte las argumentaciones y razonamientos contenidos en el motivo séptimo del fallo en alzada y teniendo presente asimismo el artículo 332 del Código Civil, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la sentencia apelada de cinco de mayo de dos mil veinticinco, de folio 71, dictada en causa Rol C-1190-2024, del ingreso del juzgado de Familia de Coronel. Regístrese y devuélvase. Redacción de la ministra suplente señora Jimena Troncoso Sáez. N°Familia-613-2025.

Fallo

fallo en alzada y teniendo presente asimismo el artículo 332 del Código Civil, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la sentencia apelada de cinco de mayo de dos mil veinticinco, de folio 71, dictada en causa Rol C-1190-2024, del ingreso del juzgado de Familia de Coronel. Regístrese y devuélvase. Redacción de la ministra suplente señora Jimena Troncoso Sáez. N°Familia-613-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CFR/rtp Concepción, seis de enero de dos mil veintiséis. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo esta Corte las argumentaciones y razonamientos contenidos en el motivo séptimo del fallo en alzada y teniendo presente asimismo el artículo 332 del Código Civil, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la sentencia apelada de cinco de mayo de dos mil veinticinco, de

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