SIN INFORMACION

CERDA/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES

Rol

Fecha

6 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Alfredo Francisco Trentini Jaimes, abogado, en representación de doña Claudia del Carmen Cerda Garay, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la ejecución de descuentos directos y no consentidos en sus remuneraciones mensuales por concepto de deudas de crédito social que datan del año 2014. Sostiene que dicha actuación vulnera de manera flagrante las garantías fundamentales consagradas en el artículo 19 numerales 3 y 24 de la Constitución Política de la República, específicamente la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el derecho de propiedad. Expone que la controversia se origina en obligaciones financieras contraídas hace más de una década, específicamente dos créditos de consumo solicitados a la recurrida en los meses de abril y diciembre del año 2014, pactados originalmente en 60 cuotas mensuales cada uno. Según reconoce la propia parte recurrente, dichas obligaciones no fueron satisfechas en su totalidad, constituyéndose en mora a partir del 30 de marzo de 2015. Señala que la Caja de Compensación Los Andes inició en su oportunidad acciones legales para el cobro de estas deudas. En particular, se mencionan dos procedimientos ejecutivos tramitados ante el 29º Juzgado Civil de Santiago: el primero, bajo el Rol C-24239-2015, caratulado "Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes / Cerda", y el segundo, bajo el Rol C-24225-2015, con idéntica carátula, los cuales se encuentran terminados por haber operado la institución del abandono del procedimiento, encontrándose firme y ejecutoriada la sentencia que lo decretó en ambos casos. No obstante lo anterior, la recurrente denuncia que, al recibir su liquidación de sueldo correspondiente al mes de agosto de 2025, se percató de la existencia de dos descuentos efectuados bajo las nomenclaturas "Crédito Personal Caja Los An

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene a la recurrida: 1) Abstenerse de realizar por sí o por intermedio de terceros, especialmente a través del empleador Bradford Hill SpA o cualquier otro futuro, nuevos descuentos en las remuneraciones de la recurrente; 2) Restituir la totalidad de las sumas descontadas improcedentemente desde el mes de agosto de 2025 en adelante; y 3) Se condene a la recurrida al pago de las costas de la causa. SEGUNDO: Que la recurrida, Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, evacua el informe, solicitando el rechazo del arbitrio constitucional, fundamentando su postura en que la acción ha perdido oportunidad y objeto, toda vez que la institución ya ha procedido a subsanar la situación que motivó la controversia, eliminando cualquier agravio que pudiera afectar las garantías constitucionales de la recurrente. En cuanto a los antecedentes de hecho que sirven de sustento a la defensa, la recurrida expone que, efectivamente, se registraron cobros por concepto de crédito social respecto de la señora Buzzard Calderón. Refiere que su actuar no fue arbitrario toda vez que la deuda no ha sido declarada judicialmente prescrita, no siendo esta la vía idónea al efecto. No obstante lo señalado, indica que la institución ha dado curso a la orden de suspensión de cualquier descuento futuro en las remuneraciones de la trabajadora, así como también ha dispuesto la devolución de las sumas que hubieren si

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de enero de dos mil veintiséis. Al folio 25: a lo principal, téngase presente. Al otrosí, a sus antecedentes. A los folios 26 y 27: téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Alfredo Francisco Trentini Jaimes, abogado, en representación de doña Claudia del Carmen Cerda Garay, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de

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