SIN INFORMACION

FARFAL/SUPERMERCADO LOS RIOS SPA.

Rol

Fecha

6 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: 1º) Francisca Ochoa Suazo, abogada, en representación del demandante en procedimiento laboral de aplicación general por indemnizaciones por accidente del trabajo, RIT O-19-2025, caratulado “Farfal con Supermercado Los Ríos SpA", seguido ante el Juzgado de Letras de Mariquina, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 6 de noviembre de 2025, que negó la concesión de un recurso de apelación verbal, respecto de la resolución que acogió una excepción de caducidad. Informó la magistrada Pamela Fernández Bernal, jueza del Juzgado de Letras de Mariquina, señalando que la recurrente anunció la interposición de un recurso, lo que se resolvió según las reglas generales de impugnación. 2º) El recurso de hecho es un acto jurídico procesal de parte que se realiza directamente ante el tribunal superior jerárquico, a fin de solicitarle que enmiende con arreglo a derecho la resolución errónea pronunciada por el inferior acerca del otorgamiento o denegación de una apelación interpuesta por él. (Mosquera, Mario y Maturana, Cristián, Los Recursos Procesales, Editorial Jurídica de Chile, 3a edición actualizada, Santiago, 2021, p. 262) En este caso, se ha ejercido el denominado verdadero recurso de hecho, mediante el que se impugna el rechazo de un recurso de apelación que debió ser concedido de acuerdo con las reglas generales. 3º) La forma de impugnación de la resolución que acoge una excepción de caducidad dictada en la audiencia preparatoria de un procedimiento laboral está regulada en el artículo 453 Nº1, inciso sexto, del Código del Trabajo, que dispone: “La resolución que se pronuncie sobre las excepciones de incompetencia del tribunal, caducidad y prescripción, deberá ser fundada y sólo será susceptible de apelación aquella que las acoja. Dicho recurso deberá interponerse en la audiencia. De concederse el recurso, se hará en ambos efectos y será conocido en cuenta por la Corte.” 4º) Oídos los registros de la audiencia preparatoria de 6 de noviembre de 2025

Fallo

Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se ACOGE el recurso de hecho interpuesto por la abogada Francisca Ochoa Suazo, en contra de la resolución de 6 de noviembre de 2025, dictada en causa RIT O-19-2025, caratulada “Farfal con Supermercado Los Ríos SpA", seguida ante el Juzgado de Letras de Mariquina, y, en consecuencia, se declara admisible y se concede, en ambos efectos, el recurso de apelación interpuesto por la demandante en contra de la resolución dictada en esa misma fecha, que acogió la excepción de caducidad, debiendo elevarse todos los antecedentes a esta Corte para su conocimiento y resolución. Regístrese y archívese en su oportunidad. N° Laboral - Cobranza-388-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, seis de enero de dos mil veintiséis. Vistos: 1º) Francisca Ochoa Suazo, abogada, en representación del demandante en procedimiento laboral de aplicación general por indemnizaciones por accidente del trabajo, RIT O-19-2025, caratulado “Farfal con Supermercado Los Ríos SpA", seguido ante el Juzgado de Letras de Mariquina, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución

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