QUIJADA/VEOLIA SU CHILE S.A
Rol
Fecha
6 de enero de 2026
Materia
ART. 2 CT. SOBRE ACTOS DE DISCRIMINACIÓN
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: De la sentencia invalidada se reproducen su parte expositiva, sus
Fundamentos
fundamentos y citas legales, con exclusión de los motivos vigésimo cuarto a vigésimo séptimo. Y se tiene además presente: 1° Que, conforme a lo razonado y concluido en los fundamentos quinto y sexto del
Fallo
fallo de nulidad que antecede, a los que cabe remitirse para evitar reiteraciones innecesarias, la base de cálculo de las indemnizaciones se determinará tomando en cuenta todos los haberes salvo el sobretiempo y, en tal sentido, esta se determina en la suma de $1.102.257, conforme a las liquidaciones de marzo, abril y mayo de 2023. 2° Que atendido el allanamiento de la parte demandante se acogerá la excepción de pago por el monto de $3.255.772 que el actor recibió en el finiquito como indemnización por años de servicio y de $1.085.257 como indemnización sustitutiva de aviso previo, razón por la cual se condenará únicamente a las diferencias derivadas de la base de cálculo de tales conceptos. Por estas consideraciones y manteniéndose las decisiones no afectadas con la invalidación dispuesta, se declara que las sumas a las cuales se condena a la demandada a pagar a la actora en el resolutivo II N°2 letras a), b) y c) son las siguientes: a) $17.000, por concepto de diferencia de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $50.999, por concepto de diferencia de indemnización por años de servicios. c) $992.031, por concepto de recargo legal del 30%. Regístrese y comuníquese. Redacción de la ministra (s) señora Paola Díaz Urtubia. No firma la abogada integrante Francisca Amigo, no obstante concurrir a la vista de la causa y del acuerdo, por ausencia. Laboral-Cobranza Nº3379-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de enero de dos mil veintiséis. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 477, inciso segundo, del Código del Trabajo se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: De la sentencia invalidada se reproducen su parte expositiva, sus fundamentos y citas legales, con exclusión de los motivos vigésimo cuarto a vigésimo séptimo. Y se tiene además presente: 1° Que, conforme a
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