ANONIMIZADO
Rol
Fecha
6 de enero de 2026
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que, del mérito de los antecedentes, advirtiéndose controversia sustancial sobre la efectividad de la deuda y la imputación al pago alegado, resulta indispensable recabar prueba idónea y suficiente antes de validar medidas como la recurrida; y visto, además, lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se revoca la resolución apelada de trece de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Familia de Quillota, y en su lugar se declara: I. Que, se ordena dejar sin efecto la inscripción del alimentante en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. II. Que, además, el Tribunal a quo deberá citar a...
Fallo
se declara: I. Que, se ordena dejar sin efecto la inscripción del alimentante en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. II. Que, además, el Tribunal a quo deberá citar a...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de enero de dos mil veintiséis. Vistos: Que, del mérito de los antecedentes, advirtiéndose controversia sustancial sobre la efectividad de la deuda y la imputación al pago alegado, resulta indispensable recabar prueba idónea y suficiente antes de validar medidas como la recurrida; y visto, además, lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se revoca la r
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