2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

SANDOVAL/B2B SOLUTIONS SPA

Rol

Fecha

6 de enero de 2026

Materia

SEMANA CORRIDA

Resultado

CONFIRMA CON DECLARACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que las atribuciones que confiere el artículo 444 del Código del Trabajo a la judicatura especializada y el mérito de los antecedentes expresados en la solicitud de la medida prejudicial preparatoria permite descartar lo afirmado en el recurso sobre la infracción a la bilateralidad de la audiencia y la falta de proporcionalidad de la medida decretada, toda vez que los impugnantes han ejercido el derecho a oposición que la ley les confiere; y la parte interesada ha sustentado su requerimiento en la atribución del carácter de unidad económica de las recurrentes, anunciando la acción cuya interposición estudia e indicado el tipo de documento solicitado, sus suscriptores y el marco temporal que abarca lo pedido, afirmaciones que satisfacen los requisitos de procedencia de lo planteado, desde que hacen posible la individualización de lo que debe ser exhibido, y su cumplimiento. 2° Que, a su turno, siendo la condición de confidencialidad de los instrumentos requeridos una cuestión que debe ser demostrada, las alegaciones formuladas en la oposición no pueden ser atendidas debido a su carácter genérico, toda vez que ello impide su examen. 3° Que, sin perjuicio de lo expresado, la extensión del vínculo que habría ligado a las partes impide advertir la necesidad de disponer la exhibición de los documentos solicitados bajo los literales j) “Estado de resultado de las solicitadas, correspondientes a los años 2024 y 2025”, k) “Balances generales anuales de las solicitadas, respecto de los años 2024 y 2025” y l) “Formulario F-22 referido al impuesto a la renta de las solicitadas, emitido al Servicio de Impuestos Internos de los años TRIBUTARIOS 2024 y 2025” de la resolución recurrida, motivo por el cual se acogerá la oposición en esta parte. Por estas consideraciones, se confirma la resolución del dieciséis de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-7383-2025, con declaración que

Fallo

Por estas consideraciones, se confirma la resolución del dieciséis de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-7383-2025, con declaración que la medida prejudicial precautoria de exhibición de documentos solicitada comprende únicamente los documentos señalados en los literales a) a i) y m) a q) de la resolución indicada, excluyéndose los mencionados en los literales j), k) y l). Comuníquese y devuélvase. N° Laboral - Cobranza-4144-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de enero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: 1° Que las atribuciones que confiere el artículo 444 del Código del Trabajo a la judicatura especializada y el mérito de los antecedentes expresados en la solicitud de la medida prejudicial preparatoria permite descartar lo afirmado en el recurso sobre la infracción a la bilateralidad de la audiencia y la

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica