HERNÁN ALEX QUIDEL QUIDEL/PRIMERA SALA CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO
Rol
Fecha
6 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1º) Juan Gallardo Araya, abogado, defensor penal público mapuche, en representación de Herman Álex Quidel Quidel, comerciante ambulante, condenado en calidad de autor de delito consumado de amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar, en causa RUC 2500000610-9, RIT O-20-2025, del Juzgado de Garantía de Temuco, recurre de amparo en contra de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco, impugnando la resolución de 17 de diciembre de 2025, que confirmó la sentencia de primer grado, en cuanto no accedió a su solicitud de pena sustitutiva de remisión parcial nocturna respecto de la sanción impuesta en la sentencia de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, disponiendo su cumplimiento efectivo. Sostiene que la resolución de la recurrida incurre en una interpretación contra reo del artículo 1, inciso noveno, de la Ley Nº18.216, al exigir que las penas pretéritas del amparado, no obstante hallarse prescritas, se encuentren cumplidas y aplicar por analogía la suspensión de la interrupción por la comisión de otro delito, para efectos de no considerarlas como impedimento a la concesión de una pena sustitutiva, de manera que tal resolución es ilegal y vulnera su derecho a la libertad personal. 2º) Informaron los magistrados recurridos señalando que, en la dictación de la resolución impugnada, no se ha incurrido en un accionar ilegal, ya que han resuelto un recurso de apelación que incide en una sentencia definitiva, en cuanto a la procedencia de la pena sustitutiva solicitada, ejerciendo la actividad jurisdiccional que les es propia y con estricto apego a la ley. 3º) Por medio de este amparo se reprocha una resolución judicial dictada por otra Corte de Apelaciones en un proceso legalmente tramitado, en circunstancias que solo podría estimarse procedente el amparo constitucional ante situaciones extraordinarias, en las que, hipotéticamente, un tribunal sobrepasara los procedimientos y actuara en forma ilegal, con desprecio del rect
Fallo
Por estas consideraciones, y vistos, además, lo establecido en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, se RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Herman Alex Quidel Quidel. Regístrese digitalmente, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-541-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, seis de enero de dos mil veintiséis. Vistos: 1º) Juan Gallardo Araya, abogado, defensor penal público mapuche, en representación de Herman Álex Quidel Quidel, comerciante ambulante, condenado en calidad de autor de delito consumado de amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar, en causa RUC 2500000610-9, RIT O-20-2025, del Juzgado de Garantía de Te
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