VALDÉS/I MUNICIPALIDAD DE LAGO RANCO
Rol
Fecha
6 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1º) Marlene Eugenia Valdés Valdés, empresaria cultural y artesana, representante de la empresa LagoRancoEstación, domiciliada en la comuna de Lago Ranco, deduce recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Lago Ranco, representada por su alcalde Miguel Meza Schwenke, impugnando el no pronunciamiento respecto de la solicitud de patente y concesión de espacio, omisión que califica de arbitraria, ilegal y vulneratoria de sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, derecho a la honra, debido proceso, libertad de trabajo y derecho a desarrollar su actividad económica, contenidas en los números 2, 4, 16 y 21 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que el objeto del emprendimiento cultural LagoRancoEstación, es la elaboración y comercialización de artesanía con identidad local y la prestación de servicios de orientación turística en la comuna de Lago Ranco, actividad que ha desarrollado por años con certificaciones y participación en actividades comunales. Refiere que ingresó documentación para la obtención de la patente comercial y autorizaciones, por Oficina de Partes el 6 de agosto de 2025, y sus complementos el 12 de agosto de 2025 y el 29 de septiembre de 2025, según constancias administrativas. Indica que se ha informado que la patente aún no se le otorga por no corresponder su actividad a la zonificación del lugar en que la ejerce, situación que no sería efectiva. Termina solicitando que se ordene el otorgamiento de la patente que solicita, además de varias otras medidas que detalla en sucesivas presentaciones. 2º) Informando, la Ilustre Municipalidad de Lago Ranco señaló que la zona en que pretende ejercer su actividad la recurrente se encuentra, de acuerdo con el plan regulador vigente, en la zona ZE-1, la que permite ejercer la actividad comercial de cultura. Agrega que, luego del análisis de los antecedentes, el Encargado de Rentas y Patentes informó por escrito al correo de la recurrente, e
Fallo
Por estas consideraciones y lo preceptuado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve que se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Marlene Eugenia Valdés Valdés en contra de Ilustre Municipalidad de Lago Ranco. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-1019-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, seis de enero de dos mil veintiséis. Vistos: 1º) Marlene Eugenia Valdés Valdés, empresaria cultural y artesana, representante de la empresa LagoRancoEstación, domiciliada en la comuna de Lago Ranco, deduce recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Lago Ranco, representada por su alcalde Miguel Meza Schwenke, impugnando el no pronunciamiento respecto
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica