CHAVES/2° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
6 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º Que compareció Miguel Ángel Chaves Pérez, abogado, en representación de don Omar Campillay Rojas, querellado, quien deduce recurso de hecho conforme al artículo 369 del Código Procesal Penal, en contra de la resolución de 10 de diciembre de 2025 dictada por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT 7130-2022, RUC 2201009557-7, que declaró admisible y concedió el recurso de apelación interpuesto por la querellante contra la resolución de 4 de diciembre de 2025, que rechazó la solicitud de reapertura de la investigación y tuvo por comunicada la decisión del Ministerio Público de no perseverar en el procedimiento. Solicita que se revoque dicha resolución y se declare inadmisible la apelación deducida por la querellante. Como antecedentes, señala que el Ministerio Público, tras aproximadamente dos años de investigación, comunicó su cierre y decisión de no perseverar el 21 de agosto de 2025. La querellante solicitó reapertura de la investigación, fijándose audiencia para el 4 de diciembre de 2025. En dicha audiencia, la querellante expuso extensamente sus fundamentos, mientras que el Ministerio Público sostuvo que durante la investigación se atendieron 222 solicitudes de diligencias formuladas por la querellante, encontrándose agotada su línea investigativa, razón por la cual se decidió cerrar la investigación y no perseverar, decisión que fue revisada y validada por instancias superiores del Ministerio Público. Las defensas apoyaron dicha posición, destacando el carácter impertinente y dilatorio de las diligencias solicitadas. El tribunal rechazó la reapertura y tuvo por comunicada la decisión de no perseverar. El recurrente sostiene que la resolución que rechaza la reapertura de la investigación es inapelable, por no encuadrar en ninguna de las hipótesis del artículo 370 letra a) del Código Procesal Penal, ya que no pone término al procedimiento, no hace imposible su prosecución ni lo suspende por más de treinta días. Afirma q
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 257 y 370 del Código Procesal Penal, SE ACOGE sin costas, el recurso de hecho interpuesto por Miguel Ángel Chaves Pérez, abogado, en representación de don Omar Campillay Rojas, querellado, en contra de la resolución dictada por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago el 10 de diciembre de 2025, que declaró admisible la apelación deducida por el querellante en contra de la resolución de 4 de diciembre de 2025, que rechazó la solicitud de reapertura de la investigación, decidiéndose que dicho arbitrio es inadmisible. Déjese copia de la presente resolución en el Ingreso Corte Penal Nº6535-2025. Comuníquese, regístrese y en su oportunidad, archívese. N°Penal-6571-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de enero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: 1º Que compareció Miguel Ángel Chaves Pérez, abogado, en representación de don Omar Campillay Rojas, querellado, quien deduce recurso de hecho conforme al artículo 369 del Código Procesal Penal, en contra de la resolución de 10 de diciembre de 2025 dictada por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, en caus
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica