19º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO ESTADO DE CHILE/CASTILLO - (ACUM. I.C.N°14001-2023)

Rol

Fecha

6 de enero de 2026

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: I.- En cuanto al recurso de apelación Rol de ingreso 11783-2023 (referido al incidente de nulidad procesal): Atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo en consideración que las alegaciones planteadas por el recurrente no permiten desmerecer lo razonado y concluido en la resolución en alzada, que esta Corte comparte, se confirma la resolución de once de julio de dos mil veintitrés, pronunciada por el 19°Juzgado Civil de Santiago. II.- En cuanto al recurso de apelación Rol de ingreso 14001-2023 (referido a la sentencia definitiva): Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del último párrafo del

Fundamentos

considerando segundo y la totalidad del fundamento tercero, que se eliminan: Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1) Que, habiéndose invocado como título para la presente ejecución la escritura publica de mutuo suscrita con fecha ocho de octubre de dos mil nueve, corresponde examinar si en la misma se pactó una cláusula de aceleración y los términos de dicha estipulación. 2) Que, de la lectura de la cláusula décimo quinta pactada en la referida escritura de mutuo aparece que ella otorga una facultad al acreedor en orden a decidir o no la aceleración del cobro de la deuda en caso de mora, por lo que ella es una cláusula de aceleración de carácter facultativo. 3) Que, entonces, atentos a los términos de la demanda impetrada, en la que se hizo uso de esta facultad de acelerar el plazo para cobrar el total de la deuda, es que desde la fecha de interposición de la demanda ha de contarse la exigibilidad de la obligación a efectos de determinar si respecto de la misma había operado la prescripción de la acción invocada por ambos ejecutados, toda vez que de conformidad al artículo 2.514 del Código Civil la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, debiéndose tener en cuenta que tal plazo ha de contarse desde que la obligación se haya hecho exigible; y que, a su vez, de conformidad al artículo 2515 del mismo estatuto legal este tiempo es en general de tres años para las acciones ejecutivas y de cinco años para las ordinarias. 4) Que, en la especie, para dirimir la excepción opuesta ha de evaluarse si desde la fecha de interposición de la demanda, que data del 20 de junio de 2018, a aquella en que fue notificada la misma y formulado el requerimiento de pago a los ejecutados, había transcurrido o no el plazo de tres años precedentemente aludido. 5) Que, habida cuenta que luego de interponerse el incidente de nulidad procesal promovido por los ejecutados, que ha sido acogido en la causa, en él se resolvió que ellos han de tenerse por notificados a contar del 11 de julio de 2023, por lo que forzoso resulta concluir que efectivamente ha transcurrido el plazo de prescripción requerido para que pueda prosperar la excepción impetrada en autos. 6) Que, en consecuencia, la excepción de prescripción ha de ser acogida, según se dirá.

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas, la sentencia apelada de nueve de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. Rol N°11783-2023 (acumulado N°14001-2023) Civil.

Texto Completo (Preview)

Alegó revocando el abogado Diego Araneda Arias, quien se anotó por 15 minutos y confirmando el abogado Claudio Álvarez, quien se anotó por 15 minutos. Santiago, seis de enero de dos mil veintiséis Al folio 41 y 42: Téngase presente. Vistos: I.- En cuanto al recurso de apelación Rol de ingreso 11783-2023 (referido al incidente de nulidad procesal): Atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica