JUZGADO DE GARANTIA DE MELIPILLA

MP C/ JOSÉ VICENTE PERALTA GUZMÁN.

Rol

Fecha

6 de enero de 2026

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes que se conocen y lo expuesto en audiencia, aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en los mismos. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima, en atención a multiplicidad y carácter de los delitos, bienes jurídicos protegidos, forma de comisión y circunstancia de haber sido condenado por delitos de la misma especie, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco, dictada en los autos RIT 4090-2025, por el Juzgado de Garantía de Melipilla, que decretó la prisión preventiva del imputado José Vicente Peralta Guzmán. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N° 27-2026 Penal

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San Miguel, seis de enero de dos mil veintiséis. Sala: Primera Sala Rol: 27-2026 Penal Ruc: 2501859016-9 RIT: 4090-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Melipilla Integrantes: Ministros señor Miguel Vázquez Plaza, señor Danilo Quezada Rojas y señora Carmen Gloria Escanilla Pérez Relator: Constanza Retamal Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Nicolás Rodríguez Defensa: Marlen Quintanilla R

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