SIN INFORMACION

PALACIOS/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL- COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ

Rol

Fecha

6 de enero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 10 de julio del año 2025, comparece doña Claudia Lemarie Acosta, abogada, en representación de doña Angela María Palacios Mella, chilena, administrativa, soltera, cédula nacional de identidad N°18.374.901-3, con domicilio en Los Ajos Chillehue s/n Coinco, y viene en deducir recurso de protección en contra de la COMPIN y Superintendencia de Seguridad Social, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que en su presentación expuso. Indica que su representada se encuentra actualmente sufriendo de un trastorno de ansiedad generalizada, asegurando que fue sometida a una cirugía por obstrucción intestinal en julio de 2024. Tras su recuperación, retornó a su trabajo como conductora de camiones. Su jornada laboral era altamente exigente: debía trabajar de lunes a sábado, hasta altas horas, con una carga diaria de tareas impuestas bajo presión. Dormía, en promedio, sólo dos horas y media por noche, ya que debía acostarse tarde y levantarse muy temprano. Las tareas no cumplidas durante el día se acumulaban para el siguiente, lo que aumentaba la presión constante. Añade que, en febrero de 2025, su representada comenzó a presentar síntomas que inicialmente atribuyó al cansancio. Con el tiempo, estos episodios fueron en aumento. Experimentaba una fuerte puntada en la cabeza cada vez que se elevaba su nivel de estrés; estas puntadas podían repetirse varias veces al día. Además, comenzó a sentir dolor en la zona abdominal donde había sido operada. Por este motivo, acudió en una ocasión a urgencias en San Antonio. Posteriormente, un médico le señaló que los síntomas podían tener origen en el sistema nervioso, le recetó medicamentos y le otorgó licencia médica. Relata que, con el paso de los días, su estado físico y emocional continuó deteriorándose. Las puntadas en la cabeza se disparaban con cualquier situación de incertidumbre o molestia. Su apetito aumentó considerablemente, subió de peso y los dolores abdominales se volvieron más intensos y frecuentes. En el marco de su primera licencia médica se le realizaron exámenes, donde se detectaron signos de una posible diástasis abdominal y un cuerpo extraño en la zona intervenida. Sin embargo, no se ha logrado establecer un diagnóstico claro, lo que le genera una preocupación constante. Añade que la recurrente, manifiesta que debido a la falta de recursos económicos no pudo acceder a atención psicológica particular. Ante esta situación, recurrió al sistema público de salud, acudiendo en reiteradas ocasiones al hospital para solicitar su ingreso al programa de salud mental. Sin embargo, en múltiples oportunidades no fue atendida debido a que, en el establecimiento, no había disponibilidad de cupos en la agenda o debía reagendar por falta de profesionales. Destaca que la sintomatología que observó su médico tratante es: labilidad emocional, angustia, refiere sudoración, dificultad para respirar, palpitaciones, sensación de desvanecimiento, con frecuencia de tres crisis a la semana, síntomas relacionas con crisis de pánico de angustia generadas por problemas de índole familiar y laboral, evaluando factores de su salud mental. El Informe médico del Dr. Manuel Rocha Rivadeneira y Dr. Miguel Salas Verdugo, indican el debido reposo y tratamiento médico. Afirma que, pese a que su historial médico se origina en el 2024, y a raíz de diversas indicaciones médicas, el recurrente pre

Fallo

fallo del recurso de protección, el plazo fatal de que disponía para reclamar, por este procedimiento de emergencia constitucional, el rechazo de sus licencias médicas venció irremediablemente transcurridos 30 días después de la señalada fecha. En subsidio y en cuanto al fondo indica que como consta en el expediente administrativo que se acompaña en un otrosí de este escrito, doña Angela María Palacios Mella, con fecha 5 de mayo de 2025, recurrió ante la Superintendencia De Seguridad Social reclamando en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compín) de La Región de Valparaíso, Subcomisión Valparaíso, toda vez que había confirmado el rechazo de las licencias médicas N° 20888432-8 y N° 21124698-7, extendidas por un total de 51 días de reposo a contar del 17 de marzo de 2025, basado en que el reposo otorgado por el médico tratante se estimó injustificado, de acuerdo con los antecedentes médicos del caso. Relata que, con la finalidad de resolver adecuadamente la antedicha reclamación, se recabaron los antecedentes médicos del caso de la COMPIN reclamada, la que remitió el maestro histórico de licencias médicas y la Cartola Médica del respectivo Servicio de Salud. Indica que la Superintendencia de Seguridad Social, previo estudio de los antecedentes médicos del caso por parte de profesionales médicos del Departamento Contencioso de la Superintendencia de Seguridad Social, mediante Resolución Exenta N° R-01-DC-89309-2025, de 28 de junio de 2025, confirmó el re

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Rancagua, seis de enero de dos mil veintiséis. VISTOS: Con fecha 10 de julio del año 2025, comparece doña Claudia Lemarie Acosta, abogada, en representación de doña Angela María Palacios Mella, chilena, administrativa, soltera, cédula nacional de identidad N°18.374.901-3, con domicilio en Los Ajos Chillehue s/n Coinco, y viene en deducir recurso de protección en contra de la COMPIN y Superintende

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