MUÑOZ/C.C.A.F. LOS HÉROES
Rol
Fecha
5 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que compareció doña Sandra Verónica Muñoz Saldías, chilena, casada, profesora de inglés, cédula nacional de identidad N° 8.524.279-2, domiciliada en calle 21 de mayo N° 973, comuna de Pitrufquén, quien interpuso recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, persona jurídica representada por su Gerente General don Jaime Cruzat Suazo, ambos domiciliados en Av. Holanda N° 64, comuna de Providencia, ciudad de Santiago. Expuso que en el mes de junio de 2025 advirtió un descuento en su remuneración por la suma de $365.882, consignado en su liquidación bajo el concepto “Cred Los Héroes (01)”. Señaló que, tras consultar con su empleador, se le informó que dicho descuento obedecía a una instrucción emanada de la Caja de Compensación recurrida. Indicó que, al concurrir a las oficinas de la referida entidad, se le comunicó que figuraba un crédito solicitado años atrás, sin que existiera registro detallado sobre monto, número de cuotas ni vencimientos, y sin entregársele copia de documento alguno que justificara la operación. Relató que en el año 2005 solicitó un crédito mientras trabajaba en calidad de gerente comercial, pero que tras su desvinculación cesaron los descuentos y nunca fue notificada de cobro judicial o extrajudicial. Añadió que, desde su ingreso a la Municipalidad de Pitrufquén en 2008, no se efectuaron descuentos hasta quince años después, cuando se aplicó el referido cargo sin previo aviso. Sostuvo que la Caja no interpuso demanda ni declaró acelerada la deuda, careciendo de título ejecutivo que respaldara la retención, la cual se realizó unilateralmente, invocando la Ley de Cajas de Compensación sin base legal clara, respecto de una obligación que se encontraría prescrita conforme a las normas del derecho civil. Fundó su acción en que tales hechos vulneraron la garantía constitucional del derecho de propiedad consagrado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, al privársele
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que la acción constitucional deducida tuvo por objeto impugnar el descuento efectuado en la remuneración de la recurrente en el mes de junio de 2025, atribuido a la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, por concepto de un crédito solicitado años atrás. Segundo: Que, de los antecedentes acompañados y del informe evacuado por la Municipalidad de Pitrufquén, aparece que el monto descontado habría sido íntegramente reintegrado a la recurrente mediante decretos alcaldicios N° 629 y N° 761, materializando el pago por transferencia electrónica en los meses de julio y agosto del mismo año, circunstancia que no fue controvertida por la actora. Tercero: Que, en consecuencia, la situación que motivó la interposición del recurso se encuentra actualmente regularizada, no existiendo descuento vigente ni amenaza actual que afecte el derecho de propiedad invocado, lo que determina la pérdida de oportunidad para obtener la tutela que se pretende, por haber cesado el acto que se estimó ilegal y arbitrario. Cuarto: Que la acción de protección, conforme al artículo 20 de la Constitución Política de la República y al Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, tiene por finalidad restablecer el imperio del derecho frente a actos u omisiones que priven, perturben o amenacen el legítimo ejercicio de garantías constitucionales, exigencia que no concurre en la especie, toda vez que el acto denunciado no subsiste y no se advierte riesgo actual para los derechos de la recurrente. Quinto: Que,
Fallo
por lo expuesto, no resulta procedente acoger la acción intentada, debiendo ser rechazada. Por las consideraciones expuestas, se rechaza el recurso de protección interpuesto por doña Sandra Verónica Muñoz Saldías en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, sin costas. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Redactada por el Abogado Integrante Sr. Roberto Contreras Eddinger. Rol N° Protección-2955-2025.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, cinco de enero de dos mil veintiséis. VISTOS: Que compareció doña Sandra Verónica Muñoz Saldías, chilena, casada, profesora de inglés, cédula nacional de identidad N° 8.524.279-2, domiciliada en calle 21 de mayo N° 973, comuna de Pitrufquén, quien interpuso recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, persona jurídica represe
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