BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/VENEGAS
Rol
Fecha
5 de enero de 2026
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Que en la carpeta judicial electrónica respectiva consta que el receptor judicial actuante, tanto en las búsquedas positivas como en la notificación practicada en conformidad al artículo 44 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, realizadas los días veintiséis de octubre y once de noviembre, ambos del año dos mil veintidós, dejó constancia de la práctica de la notificación cuestionada dando cabal cumplimiento a lo establecido en el artículo 9 inciso tercero de la Ley 20.886, con lo cual habiéndose georreferenciado la práctica de la diligencia no puede prosperar la alegación de nulidad planteada en autos; por lo que, de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas, la resolución apelada de dieciocho de enero del año dos mil veinticuatro, dictada por el 25° Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase. N° 2925-2024 Civil.
Texto Completo (Preview)
Santiago, cinco de enero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo, además, presente: Que en la carpeta judicial electrónica respectiva consta que el receptor judicial actuante, tanto en las búsquedas positivas como en la notificación practicada en conformidad al artículo 44 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, realizadas los días veintiséis de octubre y once de noviembre, ambos del añ
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