ANONIMIZADO
Rol
Fecha
5 de enero de 2026
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Teniendo únicamente presente que el artículo 54-1 de la Ley 19.968, sobre Tribunales de Familia, exceptúa del control de admisibilidad, entre otras, a las causas sobre violencia intrafamiliar, cuyo es el caso de autos, no existiendo por lo demás ninguna normativa que permita rechazar de plano las denuncias sobre dicha materia, y lo dispuesto en el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968, SE REVOCA la resolución apelada de fecha once de noviembre de dos mil veinticinco, y en su lugar se declara que Juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponda. Devuélvanse. Rol N°323-2025.Familia.
Fallo
se declara que Juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponda. Devuélvanse. Rol N°323-2025.Familia.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, cinco de enero de dos mil veintiséis. VISTOS: Teniendo únicamente presente que el artículo 54-1 de la Ley 19.968, sobre Tribunales de Familia, exceptúa del control de admisibilidad, entre otras, a las causas sobre violencia intrafamiliar, cuyo es el caso de autos, no existiendo por lo demás ninguna normativa que permita rechazar de plano las denuncias sobre dicha materia, y lo dispue
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