MP C/ ELIAS JACOB NAVARRETE VELASQUEZ
Rol
Fecha
3 de enero de 2026
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa de los imputados Elías Jacob Navarrete Velásquez y Fabricio Alejandro Ávila del Valle, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en su contra. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos contemplados en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye a los imputados. Lo anterior, se corrobora a partir de la declaración de los testigos y de la víctima, quienes sindicaron a ambos imputados como los autores de los hechos materia de la formalización, además de la fijación fotográfica del celular sustraído y su detención en flagrancia. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza del delito por el cual fue formalizada la presente investigación, esto es, robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, su forma de comisión, la pena de crimen asignada, su eventual forma de cumplimiento, el haber actuado en grupo o pandilla y la circunstancia de mantener procesos pendientes y antecedentes penales pretéritos por parte de ambos imputados, hacen configurar en la especie un peligro para la seguridad de la sociedad y de los fines del procedimiento que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva impuesta por el Tribunal a quo en esta causa. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apela
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintisiete de diciembre del año dos mil veinticinco, dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Cristian Arturo Alfonso Durruty, respecto de los imputados Elías Jacob Navarrete Velásquez y Fabricio Alejandro Ávila del Valle, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en su contra. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal N°6-2026.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, tres de enero de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa de los imputados Elías Jacob Navarrete Velásquez y Fabricio Alejandro Ávila del Valle, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persec
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