SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A. (NUEVA VICTORIA) CON FISCO DE CHILE
Rol
Fecha
2 de enero de 2026
Materia
SERVIDUMBRE MINERA
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA CON DEC.
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia apelada de veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro, en su parte expositiva, considerativa y citas legales, con excepción de los
Fundamentos
considerandos décimo tercero, décimo séptimo y décimo octavo, los que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR, Y ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, en contra de la sentencia definitiva de primera instancia, recurre de apelación la parte demandante, Sociedad Química y Minera de Chile S.A. (SQM), solicitando su revocación parcial en lo relativo al rechazo respecto de los polígonos que se superponen con la concesión de exploración de Minprop SpA. Al respecto, la recurrente sostiene que el
Fallo
fallo de primer grado incurre en un evidente error de derecho al establecer que la superposición con la concesión de exploración “CARO 5AA”, de propiedad de un tercero Minprop SpA, impediría la constitución de la servidumbre solicitada. Argumenta, en síntesis, la apelante que la sentencia confunde la naturaleza de los derechos en juego, toda vez que la servidumbre minera se constituye sobre el predio superficial —en este caso, de propiedad fiscal— y no sobre la concesión minera propiamente tal. Enfatiza que, de acuerdo con los artículos 120 y siguientes del Código de Minería, el legislador ha otorgado al concesionario minero el derecho a servidumbres para facilitar la exploración y explotación, gravamen que afecta al suelo y no a otros derechos mineros. Sostiene que la tesis del tribunal de instancia —que supone una suerte de incompatibilidad entre una servidumbre y una concesión de terceros— carece de sustento legal, pues el titular de una concesión de exploración no es dueño del terreno superficial ni tiene la facultad de impedir que el Fisco, como propietario del suelo, soporte un gravamen legal minero. Agrega que, si bien es efectivo que el Servicio Nacional de Geología y Minería informó mediante Ordinario N°0566 que parte de la superficie pedida se superpone a una concesión minera de exploración constituida, esta no goza de un derecho real de servidumbres legales mineras que la beneficie y, menos aún, habilite a su parte a emplazarlas en estos autos. Cita Jurisprudencia
Texto Completo (Preview)
Iquique, dos de enero de dos mil veintiséis. VISTO: Se reproduce la sentencia apelada de veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro, en su parte expositiva, considerativa y citas legales, con excepción de los considerandos décimo tercero, décimo séptimo y décimo octavo, los que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR, Y ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, en contra de la sentencia definitiva de prime
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