2° JUZGADO POLICIA LOCAL DE RECOLETA

FUENZALIDA LOZANO ALEJANDRO ENRIQUE / BANCO ITAU CHILE S.A

Rol

Fecha

2 de enero de 2026

Materia

APELACIÓN INCIDENTE

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Que el procedimiento iniciado por el Banco Itaú corresponde a aquel previsto en el artículo 5° de la Ley N° 20.009, disposición que no prevé la posibilidad de promover demanda reconvencional, se confirma la resolución apelada de fecha diecinueve de mayo de dos mil veinticinco, escrita de fojas 56, dictada en los autos Rol C-128536-2025, tramitados ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Recoleta. Devuélvase. N° Policia Local-3604-2025. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Pedro Caro Romero, conformada por la Ministra señora Paula Rodríguez Fondón y la Abogada Integrante señora Catalina Infante Correa. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dos de enero de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de enero de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Que el procedimiento iniciado por el Banco Itaú corresponde a aquel previsto en el artículo 5° de la Ley N° 20.009, disposición que no prevé la posibilidad de promover demanda reconvencional, se confirma la resolución apelada de fecha diecinueve de mayo de dos mil veinticinco, escrita de fojas 56, di

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica