GAZZOTTI CARDENAS / SERVICION NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO
Rol
Fecha
2 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece la abogada Beatriz Ximena Roa González, e interpone recurso de protección en favor de Glaysmar de los Ángeles Gazzotti Cárdenas, domiciliado en calle San Nicolás N° 1278, Dpto. N° 604, Comuna de San Miguel, Región de Metropolitana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Subsecretaría del Interior, en razón de la omisión de pronunciamiento respecto de su solicitud de nacionalización, lo que vulnera la garantía establecida en el artículo 19 N° 2 y 3 de la Constitución Política de la República. Refiere que la recurrente solicitó la carta de nacionalización el 24 de septiembre de 2022 y a la fecha no ha tenido ninguna respuesta final por parte de las autoridades recurridas. Sostiene que, con su omisión, los recurridos han vulnerado el principio de celeridad e inexcusabilidad establecidos en la Ley N°19.880 y el plazo que consagra en su artículo 7 y 27 para emitir una decisión final en todo procedimiento administrativo, sin causa justificada y, por ende, su derecho de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. En definitiva, solicita se ordene al recurrido Servicio Nacional de Migraciones que remita a la Subsecretaria del interior los antecedentes para la resolución final y a la Subsecretaria del Interior que emita el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud de nacionalización presentada por la recurrente, y en ambos casos, que ello se haga dentro de quinto día hábil contado desde la notificación de esta sentencia, o, en subsidio en el plazo que esta Corte considere pertinente, ello con expresa condena en costas. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Refiere que la recurrente solicitó la carta de nacionalización el 24 de septiembre de 2022, y que luego de haber pasado todas las etapas de análisis respectivas, el 27 de agosto de 2025, remitió al Sr. Subsecretario
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Glaysmar de los Ángeles Gazzotti Cárdenas, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese, comuníquese y archívese. N°3303-2025 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, dos de enero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece la abogada Beatriz Ximena Roa González, e interpone recurso de protección en favor de Glaysmar de los Ángeles Gazzotti Cárdenas, domiciliado en calle San Nicolás N° 1278, Dpto. N° 604, Comuna de San Miguel, Región de Metropolitana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Subsecretaría
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