1º JUZGADO DE LETRAS DE ARICA

FISCO DE CHILE (CDE)/

Rol

Fecha

2 de enero de 2026

Materia

EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186

Resultado

CONFIRMADA/ VC NBA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo lo señalado por el Sr. juez a quo en cuanto a que el estampado del receptor judicial consigna expresamente que la notificación corresponde a los autos C-1338-2025, y que si bien la resolución objeto de ella fue dictada en los autos V-444-2023, ella produce sus efectos en esta causa, tal como reconocieron ambas partes y lo indica la propia certificación del ministro de fe, razón por la cual la recurrente no podía desconocer la existencia de esta causa contenciosa, como lo alegó, y no habiéndose derribado la presunción de veracidad del atestado de dicho receptor, conforme con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución de catorce de agosto de dos mil veinticinco, del cuaderno de incidentes, pronunciada en la causa RIT C-1338-2025 del Primer Juzgado de Letras de Arica. Acordada con el voto de la ministra doña Nora Bahamondes Acevedo, quien estuvo por revocar la resolución ya citada y acoger la incidencia de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento, conforme al mérito de los antecedentes, teniendo especialmente en consideración que las copias entregadas a la incidentista no dan cuenta de la existencia del rol C-1338-2025, sino solo de los autos V-444-2023, vicio del cual toma conocimiento la recurrente dentro del plazo para interponer la incidencia, y que el estampado por el receptor que sustenta la resolución recurrida fue suscrito digitalmente con posterioridad a la entrega de las copias, como se desprende de la propia anotación manuscrita del ministro de fe, causando un perjuicio irreparable al incidentista al no poder evacuar el traslado a la reclamación interpuesta. Redacción de la ministra señora Nora Bahamondes Acevedo. No firma la ministra señora Nora Bahamondes Acevedo, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la presente causa, por encontrarse con feriado legal. Comuníquese, y archívese en su oportunidad. Rol N° 396-2025 Civil.

Texto Completo (Preview)

Arica, dos de enero de dos mil veintiséis. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo lo señalado por el Sr. juez a quo en cuanto a que el estampado del receptor judicial consigna expresamente que la notificación corresponde a los autos C-1338-2025, y que si bien la resolución objeto de ella fue dictada en los autos V-444-2023, ella produce sus efectos en esta causa, tal como reco

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica