CASTRO/INMOBILIARIA E INVERSIONES MALL PLAZA DE LOS RIOS LTDA
Rol
Fecha
2 de enero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
considerandos tercero, cuarto, quinto, sexto, décimo primero, que se eliminan. Y se tiene, además, presente: 1°) Que, del mérito del acervo probatorio reunido, se advierte que no se encuentra suficientemente acreditado el hecho infraccional, toda vez que no se fundamenta suficientemente la existencia de las especies presuntamente sustraídas, a través de boletas o cartolas, así como tampoco se estableció con suficiente claridad la dinámica del hecho en virtud del cual el presunto robo habría acaecido, de modo que es preciso absolver a la querellada en lo infraccional. 2°) Que, como consecuencia de la falta de acreditación del hecho infraccional, carece de fundamento la demanda civil, sin perjuicio de no haberse probado por algún medio idóneo el daño emergente ni haberse establecido a través de más y mejores antecedentes el daño moral.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 15 A y siguientes de la Ley N°19.496, se REVOCA, sin costas del recurso, la sentencia de fecha veinte de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Valdivia y, en consecuencia, se absuelve a la demandada de la infracción imputada y se rechaza la demanda civil en todas sus partes. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial Subrogante Sr. Juan Vio Vargas, quien estuvo por confirmar la sentencia en alzada, por sus propios fundamentos. Comuníquese. N°Policía Local-238-2025
Texto Completo (Preview)
Valdivia, dos de enero de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus considerandos tercero, cuarto, quinto, sexto, décimo primero, que se eliminan. Y se tiene, además, presente: 1°) Que, del mérito del acervo probatorio reunido, se advierte que no se encuentra suficientemente acreditado el hecho infraccional, toda vez que no se fundamenta suficientemen
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