ANONIMIZADO
Rol
Fecha
2 de enero de 2026
Materia
ALIMENTOS, CESACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en consideración lo dispuesto en el artículo 1° inciso 3° de la Ley N°14.908 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, estimándose que existen antecedentes calificados, se revoca la resolución apelada dictada el veinticinco de marzo de dos mil veinticinco, por el 4° Juzgado de Familia de Santiago y, en su lugar se declara que el tribunal a quo deberá dar curso a la demanda dictando las resoluciones que en derecho corresponda. Devuélvase. N°1411-2025 Familia.
Fallo
se declara que el tribunal a quo deberá dar curso a la demanda dictando las resoluciones que en derecho corresponda. Devuélvase. N°1411-2025 Familia.
Texto Completo (Preview)
Santiago, dos de enero de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo en consideración lo dispuesto en el artículo 1° inciso 3° de la Ley N°14.908 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, estimándose que existen antecedentes calificados, se revoca la resolución apelada dictada el veinticinco de marzo de dos mil veinticinco, por el 4° Ju
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica