SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR-MOVISTAR MOVIL
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2025
Materia
SIN MATERIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos primero y segundo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, en este proceso infraccional, se alza el denunciado Telefónica Moviles Chile Chile S.A. en contra de la sentencia que le impuso una multa de 150 unidades tributarias mensuales por haber infringido la Ley N° 19.496, al no respetar la solicitud de suspensión de envíos publicitarios, solicitando se la revoque y se le absuelva o en subsidio que se rebaje la multa impuesta, Segundo: Que en su denuncia infraccional el Servicio Nacional del Consumidor le imputa a Telefónica Moviles Chile S.A. el incumplimiento de la normativa vigente, al no haber suspendido el envío de comunicaciones promocionales o publicitarias a los consumidores cuy suspensión fue solicitada, específicamente por Marcelo Nolberto Muñoz Muñoz. Por su parte, la denunciada en la audiencia de contestación y prueba negó y controvirtió expresamente la efectividad de los hechos, solicitando el rechazo de la denuncia. Tercero: Que a efectos de justificar los extremos de su pretensión, la denunciante acompañó, en lo que aquí interesa, capturas de pantalla de correos electrónicos de 11 de marzo de 2021 y 9 de abril del mismo año sobre “Seguimiento avisar incumplimiento para el correo marcelommcl@ho” (sic). Asimismo, a petición del denunciante tuvo lugar la audiencia de percepción documental (fs.122), sin embargo, si bien se ingresó a la página de “Modelo de Atención al Consumidor (MAC)”, página Mac.sernac.cl, se ingresó a la carpeta no molestar, incumplimiento, escribiendo el nombre del consumidor Marcelo Nolberto Muñoz Muñoz N° de bloqueo 522596, pero se dejó constancia que no se visualiza el nombre de la empresa y arroja un error. Cuarto: Que conforme lo razonado, la prueba rendida en autos, apreciada de acuerdo con las reglas de la sana crítica, resulta insuficiente a efectos de justificar los presupuestos fácticos de la denuncia infraccional. Consecuencialmente se impone el rechazo de esta y la absolución de la denunciada.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en la Ley N° 19.496, artículos 32 de la Ley N° 18.287 y 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, la sentencia de veintitrés de diciembre de dos mil veintidós, escrita a fojas 134 y siguiente en cuanto por ella se condena a Telefónica Moviles Chile S.A.., a pagar una multa de 150 unidades tributarias mensuales por haber infringido la Ley N° 19.496, y se le absuelve del denuncio de fojas 68 y siguientes. Regístrese y devuélvase. N°1742-2023 Policía Local. Redactó la ministra Claudia Lazen M. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Carolina Vásquez Acevedo, Patricio Martínez Benavides y Claudia Lazen Manzur. No firma el ministro Patricio Martínez Benavides por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos primero y segundo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, en este proceso infraccional, se alza el denunciado Telefónica Moviles Chile Chile S.A. en contra de la sentencia que le impuso una multa de 150 unidades tributarias mensu
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