IGNACIO MUÑOZ GARCIA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL PRIMER SEMESTRE 2025
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR.
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 23 de diciembre del año en curso, a folio 1, comparece Félix Andrés Arto Castillo, abogado defensor penal privado, cédula de identidad N°12.073.066-5, domiciliado para estos efectos en 2 poniente 1261 de la comuna y ciudad de Talca, en representación de Ignacio Andrés Muñoz García, 35 años, natural de Talca, ayudante de pintor de automóviles, cédula de identidad número 17.496.683-4, con domicilio en Calle 16 1/2 Norte con 6 y 1/2 Oriente, Nº1340, comuna de Talca, quien actualmente cumple condena en el Centro de cumplimiento penitenciario de Cauquenes, quien viene en interponer recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional del primer semestre del año 2025, presidida por el Ministro señor Moisés Muñoz Concha; por acto el ilegal y arbitrario ejecutado el día que denegó la Libertad Condicional del amparado. Señaló que, el objeto de la acción era que se concediera la debida protección al derecho a la libertad personal y seguridad individual del amparado, resolviendo otorgar la libertad condicional inmediata. Indicó que, Ignacio Andrés Muñoz García fue condenado a la pena de ocho años de presidio mayor en su grado mínimo, más multa y accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras durara la condena, por el delito de tráfico ilícito de drogas del artículo 3 de la Ley 20.000, y que se encontraba cumpliendo la condena en el CCP de Cauquenes. Señaló que, para el período de postulación correspondiente al primer semestre de 2025, el amparado habría reunido los requisitos para obtener el derecho a postular a la libertad condicional, indicando como elementos que el tiempo mínimo para postular en su caso correspondería al 25 de junio de 2025, que su conducta tendría carácter de intachable con calificación muy buena en al menos seis bimestres previos a la postulación, que contaría con informe psico
Fundamentos
considerando el Informe de Postulación Psicosocial remitido por Gendarmería de Chile, que da cuenta de sus posibilidades de reinserción social, antecedentes sociales y características de personalidad; cumplimiento del tiempo mínimo de su condena, conforme al o los delitos que lo mantienen privado de libertad; SE RECHAZA, por DECISIÓN DE MAYORÍA, el beneficio de libertad condicional al interno IGNACIO ANDRES MUÑOZ GARCIA, cédula nacional de identidad N° 17.496.683-4, del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca. Para resolver como se ha señalado, se analizó con arreglo al informe antes mencionado, que el postulante aún mantiene necesidades que deben ser objeto de intervención, las cuales se cree necesarias a la luz de los antecedentes, que las continué abordando en un contexto intramuros, tanto por la naturaleza del delito por el cual se encuentra actualmente cumpliendo condena, como por el tiempo que aún le resta por cumplir. En consecuencia, se estima que el postulante no cumple los requisitos necesarios para obtener el beneficio de libertad condicional, en particular los descritos en el número 3 del artículo 2º del D.L. 321. Pronunciado por la C.A. de Talca integrada por Ministro Presidente Moisés Olivero Muñoz C. Talca, ocho de abril de dos mil veinticinco.”. Se afirmó que la resolución sería ilegal y arbitraria y que afectaría la libertad personal del amparado al impedirle ejercer su libertad ambulatoria pese a cumplir requisitos para la libertad condicional, y que comprometería su seguridad individual al permanecer en un centro de cumplimiento penitenciario. Se indicó que, no existiendo medios recursivos contemplados en la legislación correspondiente y atendiendo a un oficio emitido por el pleno de la Excma. Corte Suprema al Congreso el 28 de septiembre de 2016, se habría previsto que la vía idónea para reclamar el rechazo de la libertad condicional sería la acción de amparo, sosteniéndose en el caso vulneración del artículo 7° de la Constitución. Se solicitó en concreto acoger la acción y ordenar, como medida para restablecer el imperio del derecho, otorgar y disponer la libertad condicional inmediata. Se pidió tener por interpuesta acción constitucional de amparo correctivo en favor del amparado en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber ejercido acto arbitrario e ilegal, ya indicado, resolviendo, en definitiva, acoger la acción constitucional, otorgar y disponer la libertad de su representado. Al primer otrosí de su presentación acompañó formulario consolidado de postulación al procedo de libertad condicional y resolución de Comisión de Libertad Condicional del primer semestre de 2025. SEGUNDO: Que, el 26 de diciembre del año en curso, a folio 4, don Héctor Mardones Echeverría, juez titular del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes, actualmente destinado al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, integrante de la Comisión de Libertad Condicional, informa que, sesión ordinaria del primer semest
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del recurso de amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por el defensor penal privado Félix Arto Castillo, en favor de Ignacio Andrés Muñoz García, en contra de la resolución de 8 de abril del año en curso, dictada por la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 1.089-2025/Amparo.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, treinta de diciembre de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 23 de diciembre del año en curso, a folio 1, comparece Félix Andrés Arto Castillo, abogado defensor penal privado, cédula de identidad N°12.073.066-5, domiciliado para estos efectos en 2 poniente 1261 de la comuna y ciudad de Talca, en representación de Ignacio Andrés Muñoz García, 35 años
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