MP/BOLIVAR
Rol
Fecha
30 de diciembre de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, se deberá compartir la decisión de la juez a quo en cuanto a la calificación jurídica de los hechos, la pena probable a aplicar y teniendo en consideración el contexto en el que se encontró la droga como también los antecedentes personales de la imputada, por lo que si bien se encuentran acreditados los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, no ocurre lo mismo con la letra c) de la citada disposición legal, no resultando proporcional a los hechos la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público. Por el contrario, aparecen proporcionadas a los hechos las medidas cautelares decretadas por la juez del tribunal a quo, esto es, el arraigo nacional y la prohibición de acercarse al Centro Penitenciario contempladas en las letras d) y e) del artículo 155 del Código Procesal Penal, motivo por el cual se confirmará la resolución en alzada. Y visto además lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal y en la Ley 18.216, SE CONFIRMA la resolución de fecha veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco, que denegó la solicitud de decretar la medida cautelar de prisión preventiva, respecto de la imputada ISMARTDYS CAROLINA BOLIVAR VASQUEZ. Rol 1207-2025 (Penal)
Texto Completo (Preview)
/jvz ACTA DE AUDIENCIA Antofagasta, a treinta de diciembre de dos mil veinticinco, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por la Ministra titular Sra. Virginia Soublette Miranda, Fiscala Judicial Sra. María Teresa Quiroz Alvarado y el Abogado Integrante Sr. Marcelo Díaz Sanhueza, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de apelación deducido por el Ministerio Pú
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