JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUERTO AYSEN

MP C/ DAMIAN DANILO VALDERAS JARA

Rol

Fecha

30 de diciembre de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, estimándose que concurren elementos que dan cuenta de la existencia del delito investigado así como presunciones fundadas de la participación del encartado en él, por lo que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad en razón de la gravedad de la pena asignada al ilícito formalizado, las circunstancias del hecho investigado y su carácter, razones por las cuales otras medidas cautelares personales no resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento; y, en virtud de lo dispuesto en los artículos 139 y 140 del Código Procesal Penal, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha veintisiete de diciembre del año dos mil veinticinco, por la cual no se hizo lugar a decretar la prisión preventiva del imputado NICOLÁS ENRIQUE VARGAS VILLARROEL y, en su lugar, se resuelve que se impone a su respecto la citada medida cautelar personal. Regístrese y devuélvase. Rol N° 443-2025 (Penal).

Fallo

se resuelve que se impone a su respecto la citada medida cautelar personal. Regístrese y devuélvase. Rol N° 443-2025 (Penal).

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, treinta de diciembre del año dos mil veinticinco. VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, estimándose que concurren elementos que dan cuenta de la existencia del delito investigado así como presunciones fundadas de la participación del encartado en él, por lo que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la s

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