FISCALIA LOCAL CONCEPCION C/ YERAR EROS ANDRES GODOY NUNEZ
Rol
Fecha
29 de diciembre de 2025
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendidos los antecedentes expuestos por las intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de los integrantes de esta Sala, comparte los
Fundamentos
fundamentos vertidos por la jueza a quo en la resolución en alzada y tiene especialmente presente para resolver, el mérito del informe emitido por el Servicio Médico Legal, en el que se concluye que el encausado presenta una esquizofrenia desorganizada, la que no constituye -en el actual estadio procesal- una causal suficiente para decretar el sobreseimiento definitivo conforme lo dispuesto en la letra c) del artículo 250 del Código Procesal Penal, sin perjuicio que, eventualmente, pueda ser fundamento para solicitar una medida de seguridad al efecto.
Fallo
Por lo expuesto, SE CONFIRMA la resolución de fecha diez de noviembre de dos mil veinticinco dictada por la Jueza Sra. Constanza Valentina Sepulveda Grusic del Juzgado de Letras y Garantía de Pucón, que no hizo lugar al sobreseimiento definitivo conforme lo dispuesto en la letra c) del artículo 250 del Código Procesal Penal, solicitado por la abogada defensora Danae Castro Cruz, en representación del imputado YERAR EROS ANDRÉS GODOY NÚÑEZ. Agréguese a la carpeta digital y comuníquese lo resuelto al Tribunal A Quo. Rol N° Penal-1541-2025.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco. Al folio 6: A lo principal, al primer y segundo otrosí: Téngase presente. Al folio 7 y 8: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. Vistos: Atendidos los antecedentes expuestos por las intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de los integrantes de esta Sala, comparte los fundamentos vertidos por la jueza
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