2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

CONTRERAS/BANCO DEL ESTADO D E CHILE

Rol

Fecha

29 de diciembre de 2025

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que de la simple lectura del libelo de folio 2 es posible apreciar que expresamente se enuncia la acción de la que será objeto el juicio mismo, esto es “Despido vulneratorio de derechos fundamentales con ocasión del despido, despido injustificado improcedente o indebido”, y habiendo además el peticionario expresado el objetivo de la exhibición de aquellos documentos específicos en que la misma habrá de recaer, sólo es dable concluir que en la especie se verifican los requisitos establecidos en el artículo 287 del Código de Procedimiento Civil, razón por la que cabe se acceder a la diligencia solicitada, tal como se dispondrá en lo resolutivo. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se revoca, en lo apelado, la resolución de veinticinco de septiembre de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT O-6738-2025, y en su lugar se accede la medida de exhibición de documentos solicitada, debiendo el tribunal a quo decretar las providencias necesarias para su ejecución. Comuníquese y comuníquese. N°Laboral - Cobranza-3770-2025.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se revoca, en lo apelado, la resolución de veinticinco de septiembre de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT O-6738-2025, y en su lugar se accede la medida de exhibición de documentos solicitada, debiendo el tribunal a quo decretar las providencias necesarias para su ejecución. Comuníquese y comuníquese. N°Laboral - Cobranza-3770-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo únicamente presente: Que de la simple lectura del libelo de folio 2 es posible apreciar que expresamente se enuncia la acción de la que será objeto el juicio mismo, esto es “Despido vulneratorio de derechos fundamentales con ocasión del despido, despido injustificado improcedente o indebido”, y habiendo

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