JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CABRERO

MINISTERIO PUBLICO C/ YORDAN MAXIMILIANO TORRES RIFFO

Rol

Fecha

29 de diciembre de 2025

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y OÍDO: 1°) Que la defensa de ERIC JASON ARROYO CÁRDENAS apela de la resolución de 19 de diciembre pasado, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Cabrero, que dispuso su prisión preventiva. Ese día fue formalizado por el delito de robo con intimidación, atribuyéndole que el día anterior, junto con otro sujeto también formalizado, intimida a la víctima señalando que le entregue las llaves del vehículo, si no lo agarraría a balazos para luego huir con el vehículo de la víctima. 2°) Que, en primer término, la defensa cuestiona los presupuestos materiales, cuestionando la existencia del delito y controvirtiendo los hechos motivo de la formalización, postulando la existencia de una riña con la supuesta víctima, por rencillas previas, negando ánimo de lucro cuando se lleva su vehículo, el cual abandona y deja estacionado minutos después de los hechos. Sobre el particular, el Ministerio Público ha expuesto los hechos que da cuenta el Parte Policial al haber sido sorprendido al interior del vehículo previamente sustraído, dando cuenta de forcejeos y agresiones contra la víctima, utilizados para su comisión, lo que constaría en un video -que no fue exhibido ante esta Corte-; todo lo cual permite sostener hasta ahora, concurrentes los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 3°) Que, en cuanto a la necesidad de cautela, es preciso considerar, la concurrencia de varios de los presupuestos objetivos que contempla la letra c) de la norma legal referida para configurar el peligro para la seguridad de la sociedad e imponer la medida cautelar más gravosa. En efecto, el delito por el que fue formalizado tiene asignada una pena de crimen, ha obrado en grupo o pandilla y registra condenas anteriores, razón por la cual la prisión preventiva se erige como la única idónea para el caso. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140 y 149, del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada e

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140 y 149, del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia de diecinueve de diciembre pasado, por el Juzgado de Letras y Garantía de Cabrero, que dispuso la prisión preventiva para ERIC JASON ARROYO CÁRDENAS. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-2070-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción bpv Concepción, veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco. VISTO Y OÍDO: 1°) Que la defensa de ERIC JASON ARROYO CÁRDENAS apela de la resolución de 19 de diciembre pasado, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Cabrero, que dispuso su prisión preventiva. Ese día fue formalizado por el delito de robo con intimidación, atribuyéndole que el día anterior, junto con ot

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