INMOBILIARIA UNICA SPA C/ DIEGO JOSE CROXATTO VIVIANI
Rol
Fecha
29 de diciembre de 2025
Materia
OTROS HECHOS QUE NO CONSTITUYAN DELITO: CODIGO AGRUPADOR ( 01008, 01009 Y 1011 ).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Que, decretar el sobreseimiento definitivo por la causal de la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal, supone -como bien lo razona el juez a quo- que los hechos imputados no sean discutidos o que los antecedentes incorporados en la audiencia den cuenta de manera clara y manifiesta de ellos, lo que hace innecesario continuar la investigación o dirimir su ocurrencia en el juicio oral. Nada de eso se observa en la especie, donde se controvierten diversos hechos y circunstancias sustento, por ejemplo, del conocimiento de los autores, contenido de lo acordado, perjuicio y otros, sin que tampoco se incorporaran oralmente en la audiencia -como dispone la remisión del artículo 361 del Código Procesal Penal a las normas del juicio oral- antecedentes suficientes para superar esa incertidumbre. Y visto además lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de diecisiete de octubre del año en curso, dictada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RIT Nro. 167-2025. Comuníquese lo resuelto. Rol Corte Nro. 5576-2025 (Penal) Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco. Sala: Undécima Rol Corte: Penal-5576-2025 Ruc: 2510001384-6 Rit : O-167-2025 Juzgado: 4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros (S) señor Enrique Faustino Duran Branchi, señor Manuel Esteban Rodríguez Vega y el Abogado Integrante señor Francisca Amigo Fernandez Relator: Juan Pablo Lobiano
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