VALDIVIA/NEWREST CHILE SOPORTE LIMITADA
Rol
J-32-2022
Fecha
15 de diciembre de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS : Que, don ROLLY RENE VALDIVIA CARVAJAL, técnico en mantención, cédula de identidad N° 17.829.066-5, domiciliado en esta ciudad, calle Pedro Oña N° 1994, patrocinado por la Abogada doña Claudia Villalobos Pepe, de la Oficina de Defensa Laboral de Arica, también su apoderado en juicio, con domicilio y forma de notificación registrados en autos, deduce demanda ejecutiva laboral en contra de la empresa NEWREST CHILE SOPORTE LTDA., del giro de su denominación, Rut N° 76.951.620-4, representada legalmente por doña Claire David, con domicilio en la ciudad de Santiago, calle El Retiro N° 1235, a fin que en definitiva se condene a ésta al pago a su favor de la suma de $6.683.494.-, más reajustes, interés, y costas. La demandada y ejecutada, patrocinada por el Abogado don Luis Arias Arriagada, también su apoderado en juicio, se opuso a la ejecución planteando al excepción de pago de la suma de dinero que se le cobra. Conferido el traslado de rigor, el demandante no respondió a la excepción de pago planteada por la demandada. Se declaró admisible la excepción, y se la recibió a prueba. Con fecha 7 de diciembre en curso, la causa quedó en estado de dictase sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO : Que, el demandante fundamenta su pretensión ejecutiva en el título conformado por la conciliación a que arribaron las partes ante la Código: CXWRXKXXXDH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Inspección del Trabajo, en el comparendo respectivo, celebrado con fecha 7 de julio de 2022. Refiere que en esa conciliación, las partes acordaron el término de la relación laboral por la causal del artículo 159 N° 1 del Código del Trabajo, esto es, mutuo acuerdo de las partes, y asimismo, la empleadora reclamada y ahora demandada se obligó a pagarle la suma de $ 6.683.494.- Expone que la demandada y ejecutada no le pagó la suma señalada en el plazo acordado del 8 de julio de 2022. Señala que la conciliación ante la Inspección del Trabajo tiene el carácter de título ejecutivo, conforme al artículo 464 del Código del Trabajo, por lo que pide hacer efectiva la ejecución del título con más reajustes interese y costas. SEGUNDO : Que, la ejecutada se opuso a la ejecución planteando la excepción de pago de la deuda, con costas. Fundamenta su alegación en el comprobante de transferencia que acompaña, que da cuenta del pago de la suma demandada. No existe ninguna otra alegación a este respeto. TERCERO : Que, la parte demandante no evacuó el traslado conferido a la excepción planteada por la demandada. CUARTO : Que, la demandada y ejecutada incorporó, como fundamento de la excepción de pago, el comprobante de transferencia bancaria efectuada en la cuenta corriente del Tribunal, por la suma de $ 6.815.025.- El documento no fue objetado por la demandante, y se corresponde a la liquidación efectuada por el Tribunal en el cuaderno de apremio. QUINTO : Que, el título ejecutivo que sustenta la presente causa de cobranza, está conformado por la conciliación a que arribaron las partes ante la Inspección del Trabajo, conformando un título ejecutivo perfecto, conforme dispone el artículo 464 N° 4 del Código del Trabajo. Iniciada la ejecución, en el cuaderno de apremio se liquidó el crédito, cuyo capital ascendía a la suma de $6.683.494.-, y que con los Código: CXWRXKXXXDH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl reajustes e intereses ascendió a $ 6.815.025.-, que es la suma precisamente consignada por la ejecutada. En este último sentido, dicha liquidación no fue objetada por la demandante. SEXTO : Que, consecuentemente, se ha acreditado el pago total de la deuda cobrada en estos autos ejecutivos, esto es, el capital, el monto originario, más reajustes e intereses. Y, visto además lo dispuesto en los artículos 429, 432, 443, 463, 465 del Código del Trabajo; artículos 434 N° 1, 442 y 459 del Código de Procedimiento Civil; y, Ley N° 17.322,
Fallo
se declara : I.- Que, SE ACOGE la excepción de pago opuesta por la ejecutada, la empresa NEWREST CHILE SOPORTE LTDA., representada legalmente por doña Claire David, individualizada, en contra de la ejecución iniciada por don ROLLY RENE VALDIVIA CARVAJAL, también individualizado, conforme se ha establecido en esta sentencia. II.- Que, no se condena en costas a la ejecutante por haber obrado con privilegio de pobreza. Notifíquese. RIT: J-32-2022 RUC: 22-3-0167597-K Proveyó Don FERNANDO GONZALEZ MORALES Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Arica a quince de diciembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. FGM/gmo Código: CXWRXKXXXDH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-12-15T09:37:08-0300
Texto Completo (Preview)
Procedimiento : Ejecutivo laboral Materia : Obligación de dar Demandante : Valdivia Carvajal, Rolly Demandado : Newrest Chile Soporte Ltda. Rit N° : J - 32 - 2022.- Ruc N° : 22 - 3 - 0167597 - K.- ___________________________________/ Arica, a quince de diciembre del año dos mil veintitrés. VISTOS : Que, don ROLLY RENE VALDIVIA CARVAJAL, técnico en mantención, cédula de identidad N° 17.829.066-5,
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