SERVICIO DE SALUD VALDIVIA HOSPITAL BASE/COLLAO
Rol
992-2023
Fecha
8 de marzo de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de cobro de pesos seguido ante el Primer Juzgado Civil de Valdivia bajo el Rol C-2.766-2019 caratulado “Servicio de Salud Valdivia Hospital Base con Collao”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, de fecha quince de diciembre de dos mil veintidós, que confirmó el fallo de primer grado de treinta de mayo de dos mil veintidós, que acogió la demanda, condenando al demandado a pagar la suma de $4.141.339,59, con reajustes e intereses. Segundo: Que el recurrente sostiene en su arbitrio de nulidad sustancial, en primer lugar, que la sentencia ha infringido los artículos 19 N° 3 de la Carta Fundamental, 53 de la ley 19.880, 181 y 140 de la ley 18.834, en razón que se rechazó la excepción perentoria promovida de invalidación de la notificación efectuada a su parte del sumario administrativo iniciado en su contra. En segundo lugar, denuncia el impugnante transgresión al artículo 1698 del Código Civil y 342 del Código de Procedimiento Civil, debido que se valoró erróneamente una respuesta de oficio emitido por la Contraloría General de la República. Finaliza solicitando que se anule la sentencia por las razones y causales invocadas y se dicte sentencia de reemplazo que revoque la sentencia de segunda instancia, rechazándose la demanda en todas sus partes. Tercero: Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. Cuarto: Que, versando la contienda sobre un cobro de pesos derivado del pago de remuneraciones percibidas por el demandado sin la respectiva contraprestación de servicios, la exigencia
Fallo
fallo de primer grado de treinta de mayo de dos mil veintidós, que acogió la demanda, condenando al demandado a pagar la suma de $4.141.339,59, con reajustes e intereses. Segundo: Que el recurrente sostiene en su arbitrio de nulidad sustancial, en primer lugar, que la sentencia ha infringido los artículos 19 N° 3 de la Carta Fundamental, 53 de la ley 19.880, 181 y 140 de la ley 18.834, en razón que se rechazó la excepción perentoria promovida de invalidación de la notificación efectuada a su parte del sumario administrativo iniciado en su contra. En segundo lugar, denuncia el impugnante transgresión al artículo 1698 del Código Civil y 342 del Código de Procedimiento Civil, debido que se valoró erróneamente una respuesta de oficio emitido por la Contraloría General de la República. Finaliza solicitando que se anule la sentencia por las razones y causales invocadas y se dicte sentencia de reemplazo que revoque la sentencia de segunda instancia, rechazándose la demanda en todas sus partes. Tercero: Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. Cuarto: Que, versando la contienda sobre un cobro de pesos derivado del pago de remuneraciones percibidas por el demandado sin la respectiva contraprestación de ser
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Santiago, ocho de marzo de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de cobro de pesos seguido ante el Primer Juzgado Civil de Valdivia bajo el Rol C-2.766-2019 caratulado “Servicio de Salud Valdivia Hospital Base con Collao”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada contra l
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