JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

NN C/ NN

Rol

Fecha

26 de diciembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa de los imputados Edward Xavier Ramírez Duque y Yordan Leonik Ramírez Duque en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en contra de ellos. 2º) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye a los imputados, en concreto, registro de droga incautada, seguimientos de vehículos de los imputados, escuchas telefónicas y análisis de los mismos. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza de los delitos por la cual se formalizó la presente investigación, esto es, tráfico de drogas y asociación destinada a dichos ilícitos de los artículos 3 y 16 de la ley 20.000 respectivamente, la forma de comisión y gravedad de ellos, la cantidad de droga incautada, la prognosis de pena y la eventual forma de cumplimiento en caso de condena, se estima la existencia de un peligro para la seguridad de la sociedad, de fuga y de los fines del procedimiento que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva impuesta por el tribunal a quo en contra ellos, no siendo procedente la fijación de caución al tenor del artículo 146 del Código Procesal Penal. Por estos

Fundamentos

fundamentos y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha veintiuno de diciembre del año en curso pronunciada por el Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Antonio Valdivieso Barrales, que dispuso la medida cautelar prisión preventiva respecto de los imputados Edward Xavier Ramírez Duque y Yordan Leonik Ramírez Duque. Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal N°1538-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintiséis de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa de los imputados Edward Xavier Ramírez Duque y Yordan Leonik Ramírez Duque en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecu

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