SIN INFORMACION

JIMENEZ/RAMOS

Rol

Fecha

26 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que, comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Miguel Antonio Jiménez Pascual, venezolano, cédula de identidad para extranjeros N°25.629.739-6, domiciliados para estos efectos en Fundo Cutipay Hijuela N°62, Valdivia, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Ministerio del Interior y la Subsecretaría de la misma cartera ministerial, impugnando el Decreto Exento N°1230 de fecha 13 de agosto de 2025, notificado el 21 de agosto de 2025, que rechazó su solicitud de carta de nacionalización el que estima que impide su ejercicio del derecho previsto en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Expone, en primer término, haber obtenido la residencia definitiva, solicitando su nacionalización con fecha 14 de junio de 2022. Indica que su petición se rechazó fundada en la existencia de una causa archivada provisionalmente en la que mantuvo la calidad de imputado por la falta de lesiones leves. Señala que la actuación de la recurrida es ilegal y arbitraria, toda vez que no existe sentencia firme condenatoria en su contra y este antecedente fue determinante para la resolución impugnada, careciendo de una motivación razonada, contextual y proporcional, además de no serle conferida la oportunidad de proveer antecedentes adicionales, de conformidad con el artículo 31 de la Ley N°19.880. Solicita que se deje sin efecto la resolución impugnada y que se ordene dar curso a su trámite de nacionalidad, con costas. 2°) Que, comparece Elver Luciano Noriega Arteaga, abogado en representación de la Dirección Regional de Los Ríos del Servicio Nacional de Migraciones, quien informa al tenor de la acción constitucional interpuesta. Junto con exponer los antecedentes de la tramitación de la solicitud del recurrente, alega que el Servicio Nacional de Migraciones no es la autoridad competente para resolver sobre la solicitud en cuestión, como tampoco es la autoridad que emitió el acto adm

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que se rechaza, sin costas, la acción constitucional de protección deducida por Miguel Antonio Jiménez Pascual en contra del Ministerio del Interior y la Subsecretaría de la misma cartera ministerial. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-842-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veintiséis de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Miguel Antonio Jiménez Pascual, venezolano, cédula de identidad para extranjeros N°25.629.739-6, domiciliados para estos efectos en Fundo Cutipay Hijuela N°62, Valdivia, quien interpone acción constitucional de protecc

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica