JUZGADO DE LETRAS DE SAN VICENTE

BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON DINAMARCA

Rol

Fecha

26 de diciembre de 2025

Materia

DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que, sube en apelación la resolución dictada el 7 de noviembre pasado por el Juzgado de Letras de San Vicente, que acogió el incidente de abandono del procedimiento. 2° Que, la recurrente alega la improcedencia de la institución en estudio, por cuanto la presente causa se trata de una gestión preparatoria, la que se encuentra finalizada. 3° Que, de conformidad al mérito de los antecedentes del expediente de primera instancia, consta que el 5 de agosto de 2024 el secretario del tribunal a quo certificó que el tercer poseedor de la finca hipotecada, debidamente notificado, no ha hecho abandono del inmueble ante el tribunal ni ha pagado la deuda que se cobra en autos, encontrándose vencido el plazo para hacerlo. 4° Que, la gestión preparatoria de notificación al tercer poseedor de la finca hipotecada tiene como única finalidad habilitar el ejercicio de la acción de desposeimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 759 del Código de Procedimiento Civil, de manera que, una vez cumplida dicha notificación y verificado el transcurso del plazo legal sin que el tercero haya pagado la deuda o hecho abandono del inmueble, la gestión se entiende terminada y agotada, no subsistiendo actuación pendiente que permita configurar los presupuestos del abandono del procedimiento. 5° Que, en consecuencia, no resulta procedente aplicar la institución del abandono del procedimiento, por cuanto no se verifica la existencia de un juicio pendiente ni la inactividad procesal que dicha norma exige, atendido que la gestión preparatoria ya había cumplido íntegramente su objeto. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de siete de noviembre de dos mil veinticinco, dictada a folio 5 del cuaderno de incidente de abandono del procedimiento, en la causa ROL C-705-2024, por el Juzgado de Letras de San Vicente y, en su lugar se rechaza el incident

Texto Completo (Preview)

//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, veintiséis de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que, sube en apelación la resolución dictada el 7 de noviembre pasado por el Juzgado de Letras de San Vicente, que acogió el incidente de abandono del procedimiento. 2° Que, la recurrente alega la improcedencia de la institución en estudio, por cuanto la presente causa se trata de una

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