M.P C/ EDUARDO FERNANDO HERNANDEZ ROBLEDO
Rol
Fecha
26 de diciembre de 2025
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, compartiendo íntegramente lo razonado por el juez a quo y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de veinticuatro de diciembre del año en curso, inserta en la carpeta virtual R.I.T 1-6195-2025 del Juzgado de Garantía de Linares, que no hizo lugar a la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Eduardo Fernando Hernández Robledo. Acordada con el voto en contra del ministro Gerardo Bernales Rojas, quien fue de parecer de revocar la resolución recurrida
Fundamentos
considerando la gravedad del ilícito que se le imputa, la circunstancia de ser la víctima persona mayor y la forma de comisión del mismo, lo que permite estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-1928-2025.
Texto Completo (Preview)
Talca, veintiséis de diciembre de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, compartiendo íntegramente lo razonado por el juez a quo y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de veinticuatro de diciembre
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