JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION

MINISTERIO PUBLICO C/ GIANFRANCO ALEJANDRO BENEVENTI CARRILLO

Rol

Fecha

26 de diciembre de 2025

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE LESIONES GRAVES ART 196 INC. 2 LEY DE TRANSITO

Resultado

CONFIRMADA CON VOTO

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que, en el presente caso, concurren los dos primeros requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal, los cuales por lo demás no han sido debatidos en la audiencia. Respecto de la letra c), se estima que las medidas cautelares decretadas resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad, teniendo en cuenta que las decretadas se encuentran vigentes desde hace más de siete meses, SE CONFIRMA la resolución de dieciséis de diciembre del año dos mil veinticinco que no dio lugar a decretar la medida cautelar de prisión preventiva, manteniendo las del artículo 155 del citado Código en relación al imputado Gianfranco Alejandro Beneventi Carrillo. Acordada con el voto en contra de la ministra doña Antonella Farfarello Galletti, quien estuvo por revocar la resolución en comento, por estimar que han variado las circunstancias que se tuvieron en cuenta al momento de decretar las medidas cautelares en el mes de mayo del año en curso, como son el fallecimiento de la víctima, lo que originó una reformalización en la presente causa. Devuélvase por la vía más rápida y expedita al tribunal de origen. N°Penal-2059-2025.

Texto Completo (Preview)

Concepción, veintiséis de diciembre de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que, en el presente caso, concurren los dos primeros requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal, los cuales por lo demás no han sido debatidos en la audiencia. Respecto de la letra c), se estima qu

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