JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP.C/VICENTE JAVIER CATALÁN VÁSQUEZ.

Rol

Fecha

26 de diciembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en los mismos, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la multiplicidad de delitos, naturaleza y carácter de los mismos, gravedad de la pena asignada, bien jurídico protegido y la eventual forma de cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. En cuanto a la petición subsidiaria, de establecer una caución suficiente, dado que la medida cautelar de prisión preventiva se decretó por peligro para la seguridad de la sociedad, no ha lugar por improcedente. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de diecisiete de diciembre del año en curso, dictada en los autos RIT 8493-2025, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Vicente Javier Catalán Vásquez. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 4227-2025 Penal

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San Miguel, veintiséis de diciembre de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 4227-2025 Penal Ruc: 2501184571-4 RIT: 8493-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Integrantes: Ministros señor Miguel Vázquez Plaza y señora Alondra Castro Jiménez y abogado integrante señor Juan Carlos Silva Aldunate Relator: Marcela Labra Todorovich Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Jonat

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