MORALES DOMINGUEZ HÉCTOR NEMESIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
26 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Paula Orellana Vega, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del interno HÉCTOR NEMESIO MORALES DOMINGUEZ, cédula de identidad N°10.528.410-1, en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, por el rechazó de la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, para el segundo semestre de 2025. Expone que el amparado cumple penas como autor de cuatro delitos, a saber, robo con intimidación y tenencia ilegal de arma de fuego, otro robo con intimidación, tráfico ilícito de drogas y lavado de activos. Indica que el amparado debió ser postulado al beneficio de libertad condicional el año 2020, pero por un actuar arbitrario e ilegal de Gendarmería de Chile no fue postulado hasta el 2025, gracias a lo resuelto por la Excma. Corte Suprema como por esta Corte por medio de acción de amparo. Añade que el amparado cumple con todos los requisitos vigentes a la época de la Comisión del delito para ser beneficiado con la libertad condicional. Relata que la recurrida de forma extraordinaria resolvió rechazar la concesión del aludido beneficio, y transcribe lo resuelto. Alega que el actuar de la recurrida resulta arbitrario e ilegal, y afecta la libertad personal del amparado, pues debe considerarse que el interno debió ser postulado desde el año 2020, y se le ha negado dicha posibilidad desde esa fecha hasta ahora, por lo que el resguardo de dicho derecho, debe y puede ser amparado a través de esta acción. Alega que la recurrida funda su resolución en el informe psicosocial, que fue realizado al amparado por Gendarmería, en no más de 8 a 10 minutos, dándole un carácter de antecedente calificado considerado por la Comisión, es decir, valoró de acuerdo al D.L. N°321 modificado en enero del 2019, ley 21.124 que establece que la libertad condicional es un beneficio no un derecho, y de igual forma incorpora el informe psicosocial, el que no se mencionaba que el D.L. 321 vigente es el del año
Fundamentos
motivos: “Que, por sentencia de cuatro de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de la Serena en Recurso de Amparo Rol 642-2025, se resolvió acoger el recurso interpuesto en favor de Héctor Nemesio Morales Domínguez en contra de Gendarmería de Chile, sólo en cuanto la recurrida deberá efectuar la revisión de los antecedentes del amparado para postular a la libertad condicional teniendo en cuenta los requisitos vigentes del Decreto Ley 321 al momento de la comisión del último delito del interno, y si fuere procedente postularlo de forma extraordinaria al beneficio referido ante la Comisión de libertad condicional. Que, Gendarmería de Chile, Centro Penitenciario de La Serena, dando cumplimento a lo resuelto en el amparo 642-2025 ya referido, remitió a esta Comisión, mediante correo electrónico del 20 de noviembre del actual, los antecedentes del interno Héctor Nemesio Morales Domínguez para los efectos de su postulación extraordinaria al beneficio de la libertad condicional, conforme lo resuelto, informaron y remitieron a esta Comisión, informe de postulación psicosocial del interno, formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional, ficha única de condenado privado de libertad, entre otros antecedentes, señalando lo siguiente: -. El informe de postulación psicosocial de Gendarmería, da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un alto riesgo de reincidencia. -. El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito y tampoco del mal causado a las víctimas y en coherencia a ello, no presenta rechazo explícito a la comisión de delitos futuros denotando una actitud y orientación procriminal. -. Respecto a la fecha de aplicación del Inventario para la Gestión de Caso/intervención (IGI) se aplicó el catorce de noviembre del presente año, la reevaluación realizada señala que continúa con un alto nivel de riesgo de reincidencia, determinado por los factores generales de riesgo asociados a educación, empleo, uso del tiempo libre, actitud y orientación procriminal, familia, pareja, pares, patrón antisocial, y como factor estático historia delictual; como factores de riesgo específicos, se encuentran la "eficiente" (sic) resolución de conflictos y habilidades de auto control. -. El informe aludido da cuenta que el interno cuenta con antecedentes familiares y red de apoyo, actualmente refiere como tal a su esposa, siendo ella su principal apoyo emocional durante su proceso de reclusión. Sin embargo, no se cuenta con información suficiente y detallada para entregar al respecto, dado que su red de apoyo presenta domicilio fuera de la provincia, por lo que no es posible dar cuenta de situación económica actual ni percepción respecto al delito cometido por el interno. Que ponderados, por esta Comisión, los ant
Fallo
por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. A mayor abundamiento, que sin perjuicio de lo injusto del actuar de Gendarmería lo que se desprende de los fallos del Excmo. Tribunal y de esta Corte, acompañados a estos autos, aquello no puede otorgar un derecho al amparado para que le sea concedido el beneficio solicitado, más cuando los integrantes de la recurrida deben dar cumplimiento al mandato legal dispuesto por el Decreto Ley N°321, revisando si el postulante cumple los requisitos que estable la ley para su adecuada reinserción social. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de HÉCTOR NEMESIO MORALES DOMÍNGUEZ, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, correspondiente al segundo semestre del año 2025. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol 792-2025 (amparo)
Texto Completo (Preview)
Morales Domínguez, Héctor Nemesio Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°792-2025.- La Serena, veintiséis de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Paula Orellana Vega, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del interno HÉCTOR NEMESIO MORALES DOMINGUEZ, cédula de identidad N°10.528.410-1, en contra de la COM
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