2º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

INMOBILIARIA E INVERSIONES JOAQUÍN RODRÍGUEZ CIFUENTES E.I.R.L./ESPINOSA

Rol

Fecha

26 de diciembre de 2025

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que, la demandante de autos interpone reposición con apelación en subsidio, solicitando se complemente el punto de prueba número uno establecido por el tribunal a quo en la resolución de fecha 05 de diciembre de 2024. Las demandadas evacuan traslado señalando que lo consideran innecesario. El tribunal por su parte resuelve rechazar la reposición, atendido los términos en que se encuentran redactados los puntos de prueba, en términos amplios, comprendiendo en lo sustancial la controversia planteada por las partes. Concede la apelación subsidiaria. Segundo: Que, el auto de prueba contiene 9 puntos de prueba en total, que contienen todos los aspectos debatidos por las partes en la presente causa, de manera completa y suficiente. En punto de prueba número uno, en particular, se encuentra redactado en términos tales que su complementación, al tenor de lo solicitado por la demandante, resulta innecesaria y sobreabundante. Coincidiendo estos sentenciadores con lo resuelto por el tribunal de primera instancia se rechazará la apelación y así se señalará en lo resolutivo de este fallo. Por lo anterior y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes y artículos 318 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma en lo apelado la resolución en alzada, de cinco de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el 2° Juzgado Civil de Puerto Montt, sin costas. Redacción a cargo del Ministro Titular Jaime Vicente Meza Saez. No firma el Ministro don Jaime Vicente Meza Sáez, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse con permiso. Devuélvase. Rol Civil N°778-2024

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintiséis de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: Primero: Que, la demandante de autos interpone reposición con apelación en subsidio, solicitando se complemente el punto de prueba número uno establecido por el tribunal a quo en la resolución de fecha 05 de diciembre de 2024. Las demandadas evacuan traslado señalando que lo consideran innecesario. El tribunal por su parte re

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