SIN INFORMACION

SILVA FRUGONE RODOLFO RAFAEL/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

24 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

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CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Rodolfo Alejandro Bórquez Galleguillos, abogado, en representación del condenado Rodolfo Rafael Silva Frugone, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de La Serena, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber dictado la Resolución Rol N° 603-2025, de 28 de octubre de 2025, mediante la cual se deniega el beneficio de libertad condicional, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el amparado se encuentra actualmente cumpliendo la pena quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo, por el delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y 80 días de presidio menor en su grado mínimo, ambas en causa RIT 36-2010 del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Arica, cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes 80 días de presidio menor en su grado mínimo, ambas en causa ROL 32.787 del Primer Juzgado Civil de Valparaíso, diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, por el delito de lavado de activos, en causa RIT 135-2013 del 7° Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago y 80 días de presidio menor en su grado mínimo, pena sustitutiva de multa, en causa RIT 90-2007 del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Arica. Señala que, el inicio de cumplimiento de dichas penas es el día 9 de octubre de 2006, fijándose como fecha de término el 17 de abril de 2035. Indica que el amparado cumplió el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 18 de agosto de 2023, contando además con más de seis bimestres consecutivos de conducta calificada como “muy buena”. Por otra parte, indica que el amparado padece una grave y progresiva enfermedad, consistente en acromegalia derivada de un tumor hipofisario, patología que ha provocado un crecimiento anormal de órganos internos y extremidades, presentando, entre otras afecciones, insuficiencia mitral severa, hemorragias persistentes, alteraciones visuales, derrames articulares y un deterioro físico general que hace incompatible su permanencia en un régimen penitenciario cerrado y le impide cumplir adecuadamente un Plan de Intervención Individual intrapenitenciario. Menciona que, pese a existir interconsultas médicas vigentes con el Hospital San Juan de Dios de La Serena y a que se ha reconocido judicialmente la gravedad del estado de salud del interno, las intervenciones quirúrgicas necesarias no han sido realizadas, agravándose innecesariamente su condición. Destaca que incluso la propia abogada de Gendarmería de Chile, en audiencia de amparo ante el Juzgado de Garantía de La Serena, reconoció que la condición médica del amparado no es compatible con tratamientos adecuados al interior de una unidad penal. Expresa que los informes psicosociales, el Inventario para l

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Silva Frugone, Rodolfo Rafael Comisión de Libertad Condicional Recurso de amparo Rol N°788-2025.- La Serena, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Rodolfo Alejandro Bórquez Galleguillos, abogado, en representación del condenado Rodolfo Rafael Silva Frugone, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de La Serena, quien de

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