MILES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA
Rol
Fecha
24 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el artículo primero del Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales señala que: “El recurso o acción de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas, o donde éstos hubieren producido sus efectos”. Que, atendido el mérito de los antecedentes el acto recurrido, esto es, el Decreto Alcaldicio Exento N° 2642 de 2025 de la Municipalidad de Providencia, fue dictado en la comuna de igual nombre y tendrá sus efectos en esa misma comuna, lugar donde prestaba sus servicios el recurrente, sito fuera de la jurisdicción de esta Corte, por lo que sólo cabe declarar la incompetencia de este tribunal. Que, por lo razonado precedentemente, esta Corte se declara incompetente para conocer de la acción deducida, ordenándose la remisión de los autos a la Corte de Apelaciones de Santiago, vía interconexión, para su conocimiento y resolución. Cúmplase por la vía más más rápida. Sirva la presente resolución como suficiente y atento oficio remisorio. Rol N°4948-2025-PROT.
Fallo
se declara incompetente para conocer de la acción deducida, ordenándose la remisión de los autos a la Corte de Apelaciones de Santiago, vía interconexión, para su conocimiento y resolución. Cúmplase por la vía más más rápida. Sirva la presente resolución como suficiente y atento oficio remisorio. Rol N°4948-2025-PROT.
Texto Completo (Preview)
CH/ MVT San Miguel, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco. Resolviendo a la acción de folio 1: Vistos y teniendo presente: Que el artículo primero del Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales señala que: “El recurso o acción de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o inc
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