MP C/ ROBERTO CARLOS ROMAN BENITEZ
Rol
Fecha
24 de diciembre de 2025
Materia
TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS. ART. 9 LEY Nº17.798.
Resultado
REVOCADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Que el artículo 140 del Código Procesal Penal establece los criterios para estimar si la libertad del imputado resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, debiendo considerarse especialmente: la gravedad del hecho y de la pena asignada al delito, el número de estos que se le imputare y el carácter de los mismos. El inciso quinto del citado artículo 140 establece que se entenderá especialmente que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, entre otras hipótesis, "cuando haya actuado haciendo uso de arma de fuego o de las armas señaladas en el artículo 3 de la ley Nº 17.798, sobre control de armas". En el caso sub-lite, el imputado fue sorprendido portando una pistola cargada y lista para su uso, circunstancia que configura la presunción legal de peligrosidad para la sociedad contemplada en la norma citada. A lo anterior, se suma la pluralidad de ilícitos imputados —cuatro delitos concurrentes—, la naturaleza de los mismos —infracciones a la Ley de Armas y a la Ley de Drogas—, y la gravedad de las penas asociadas, particularmente el delito de porte ilegal de arma de fuego del artículo 9° inciso primero de la Ley N° 17.798. El conjunto de estos elementos configura un escenario de evidente peligrosidad para la seguridad de la sociedad que no puede ser cautelado mediante una medida menos gravosa que la impuesta por el Juzgado de Garantía. En consecuencia, concurriendo los presupuestos materiales de los literales a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal —no controvertidos por la defensa—, y configurándose respecto de la necesidad de cautela la causal de peligro para la seguridad de la sociedad contemplada en la letra c) del mismo artículo, en relación con sus incisos cuarto y quinto, corresponde acoger el recurso de apelación deducido por el Ministerio Público y modificar el fundamento de la prisión preventiva decretada. Por las anteriores consideraciones, oídos los intervinientes que concurrieron a esta aud
Texto Completo (Preview)
Talca, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco. Visto: Que el artículo 140 del Código Procesal Penal establece los criterios para estimar si la libertad del imputado resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, debiendo considerarse especialmente: la gravedad del hecho y de la pena asignada al delito, el número de estos que se le imputare y el carácter de los mismos. El inciso qu
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