MP C/ JOHAN ANDRES VIVEROS ESTUPINAN
Rol
Fecha
24 de diciembre de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia, de los que se desprende que la prisión preventiva resulta desproporcionada, atendido los hechos que se le imputan al acusado, la pena solicitada por el Ministerio Público en la acusación fiscal y la existencia de otras medidas cautelares que permiten igualmente asegurar los fines del procedimiento, por lo que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de diciembre de dos mil veinticinco, inserta en la carpeta virtual RIT 8701-2025 del Juzgado de Garantía de Talca, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Johan Andrés Viveros Estupiñán y, en su lugar, se sustituye por las cautelares del artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal, a saber, arresto domiciliario total y arraigo nacional. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1917-2025.
Texto Completo (Preview)
Talca, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia, de los que se desprende que la prisión preventiva resulta desproporcionada, atendido los hechos que se le imputan al acusado, la pena solicitada por el Ministerio Público en la acusación fiscal y la existencia de otras medidas cautelar
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