RAIN/PUINAO
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2025
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
INADMISIBLE
Fallo
se declara: A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que la resolución recurrida, de fecha 2 de diciembre de 2025, por la que se acoge reposición y no se hace lugar a solicitud de comparecencia vía remota de testigos, es un decreto, providencia o proveído, sin fallar sobre incidentes o sobre trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, cuyo objeto es determinar la substanciación regular del proceso, siendo apelable solamente cuando altera dicha substanciación o recae sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, lo que no ocurre en la especie, y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 158 y 188 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve, de plano, que se acoge el recurso de hecho deducido y se declara, consecuencialmente INADMISIBLE, por improcedente, el recurso de apelación subsidiario deducido en el primer otrosí de la presentación de cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, por el abogado don Miguel Ángel Ampuero Maldonado, en representación de la parte demandante, en contra de la resolución de fecha dos del mismo mes y año. Al otrosí: Téngase presente. Devuélvanse. Rol N° 270-2025 (Civil).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco. Con la cuenta del señor Relator y resolviendo la presentación de Folio 4, se declara: A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que la resolución recurrida, de fecha 2 de diciembre de 2025, por la que se acoge reposición y no se hace lugar a solicitud de comparecencia vía remota de testigos, es un decreto,
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