SIN INFORMACION

HERNÁNDEZ/I. MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Mario Figueroa Barraza, abogado, interponiendo acción constitucional de protección en favor de Fhelipe Ignacio Hernández Díaz, y en contra de Ilustre Municipalidad de Coquimbo, por haber dictado el decreto alcaldicio N°2226 de 14 de octubre de 2025, por medio del cual se rechaza el recurso administrativo de reposición deducido por el actor en contra del decreto exento N°2708 de 6 de octubre de 2025 que le impuso la medida disciplinaria de destitución de su cargo de planta en el municipio. Como garantías vulneradas indica aquellas contenidas en los numerales 2, 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el actor es funcionario de planta, grado 10° E.U.A., con más de 5 años de carrera durante los cuales no registra anotaciones de demérito u otra clase de sanciones. Agrega que durante los años 2023 y 2024 el recurrente experimentó diversos problemas familiares, entre ellos el fallecimiento de su madre en el mes de abril del año 2024, por lo cual ha recibido psicoterapia y tratamiento farmacológico, siéndole diagnosticado un cuadro de estrés adaptativo. Refiere que en ese periodo se otorgaron al actor sucesivas licencias médicas y que este también registra salidas del país en ese lapso, cuestión que motivó el inicio de un sumario administrativo en su contra en el cual se le formularon cinco cargos consistentes, en síntesis, en utilizar indebidamente licencias médicas unidas a permisos administrativos y feriado, con el objeto de ausentarse de sus funciones por periodos prolongados, durante los cuales realizó viajes al extranjero y concurrió al casino de juegos de Ovalle. Indica que mediante decreto exento N°2708 de 6 de octubre de 2025 se aprobó la vista fiscal y se aplicó la medida de destitución al haberse tenido por acreditada la efectividad de los hechos, los que se califican como infracciones graves al principio de probidad administrativa. Expresa que el actor interpuso recurso administrativo de reposición el cual es desestimado a través de decreto alcaldicio N°2226 de 14 de octubre del año en curso. Alega que la medida de destitución constituye un acto ilegal y arbitrario por cuanto la municipalidad se habría arrogado una facultad de la cual carece consistente en fiscalizar el uso de licencias médicas, la cual el ordenamiento jurídico reserva a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), o a las ISAPRES. Sostiene, además, que no existen en el procedimiento administrativo antecedentes que permitan cuestionar la validez de las licencias emitidas y argumenta que a la época de ocurrencia de los hechos no existía claridad respecto a si el reposo asociado a licencias de tipo psiquiátrica impedía la realización de actividades fuera del territorio nacional, asunto que sólo fue aclarado mediante Resolución Exenta N°R-01-S-127271-2025, de fecha 14 de septiembre de 2025, emitida por la Unidad Jurídica de la Superintendencia de Seguridad Social. Manifiesta, asimismo, qu

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo de Recursos de Protección de Garantías Constitucionales SE RECHAZA sin costas el recurso intentado en favor de Fhelipe Ignacio Hernández Díaz, en contra de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°1949-2025 (Protección).

Texto Completo (Preview)

Hernández Díaz, Fhelipe Ignacio Ilustre Municipalidad de Coquimbo Recurso de protección Rol N°1949-2025 La Serena, veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Mario Figueroa Barraza, abogado, interponiendo acción constitucional de protección en favor de Fhelipe Ignacio Hernández Díaz, y en contra de Ilustre Municipalidad de Coquimbo, por haber dic

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