SIN INFORMACION

OUROKCH AHMAD / MINISTERIO DEL INTERIOR Y OTROS

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Que a folio 1 se deduce acción de Protección en favor de AHMAD OUROKCH en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES y MINISTERIO DEL INTERIOR, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización. Pide, en definitiva, se ordene a los recurridos pronunciarse sobre la solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Que, las recurridas evacúan sus informes y se traen los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de la solicitud de nacionalización presentada por la recurrente. Segundo: Que, conforme al Decreto N° 5.142, de 1960, la facultad de otorgar la carta de nacionalización corresponde al propio Presidente de la República, lo que determina que el Servicio Nacional de Migraciones, carece de legitimación para pronunciarse sobre la solicitud incoada por el recurrente, por lo que se rechazará la acción a su respecto. Tercero: Que, adicionalmente, la carta de nacionalización es un privilegio otorgado por el Jefe de Estado, que requiere de un mayor análisis de los antecedentes, cuyo acto terminal es fruto de la potestad discrecional radicada en aquél, por lo que no se puede instar para su término mediante la presente vía judicial, razones que conllevarán al rechazo del presente recurso.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de AHMAD OUROKCH, y en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES y MINISTERIO DEL INTERIOR. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Señor Álvaro Pavez Jorquera quien fue del parecer de acoger el presente arbitrio en atención a que la Subsecretaría del Interior deberá, dentro del plazo de sesenta días hábiles, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento como en derecho corresponda, sobre la solicitud presentada por el recurrente. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-4698-2025. En Valparaíso, veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Que a folio 1 se deduce acción de Protección en favor de AHMAD OUROKCH en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES y MINISTERIO DEL INTERIOR, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización. Pide, en definitiva, se ordene a los recurridos pronunciarse sobre la so

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