SINISTERRA ORTIZ HERLIN ZAMIR/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Claudio Fernández Ramírez, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso, Centro de Atención Jurídica de Segunda Instancia, domiciliado en calle Los Carrera N° 856, comuna de La Serena, interponiendo recurso de amparo en beneficio de HERLIN ZAMIR SINISTERRA ORTIZ, estudiante, de nacionalidad colombiana, con domicilio en Las Campanas N° 1388, comuna de Coquimbo, actualmente privado de libertad en dependencias de la Policía de Investigaciones de Chile de La Serena, dirigido en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, con domicilio en San Antonio N°580, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° 2500100139578, de 15 de septiembre de 2025, que ordenó su expulsión del territorio nacional y dispuso su prohibición de ingreso por 5 años, acto que vulnera su derecho a la libertad personal del artículo 19 N°7 de la Constitución Política. Expone que el amparado es un ciudadano colombiano de 24 años, quien ingresó a Chile por paso no habilitado a fines del año 2023, atendida la situación política y social que se vive en su país de origen y al no poder obtener su documentación vigente. Señala que en 2025 se autodenunció con el objeto de regularizar su situación migratoria, lo que dio origen al procedimiento sancionatorio que culminó en la orden de expulsión, siendo notificado de la resolución respectiva el 22 de noviembre del presente, en dependencias de la Policía de Investigaciones. No obstante, alega que la referida resolución no pondera adecuadamente las circunstancias personales, familiares y sociales del amparado. Explica que su madre tiene cédula de identidad chilena y residencia temporal por reunificación familiar, al estar en unión civil con un ciudadano chileno, siendo su madre el vínculo familiar más importante del amparado y quien lo ayuda a su manutención. Asimismo, refiere que en 2025 su novia quedó embarazada, quien dará a luz en las próximas semanas a su primer hijo. Por otra parte, indica que cuenta con una oferta de trabajo, la que sin embargo no ha podido formalizar, debido a su condición migratoria irregular. Además, señala que para tener continuidad en sus estudios, se matriculó el 28 de noviembre de 2025 en el Instituto de Educación para el Adulto de Coquimbo en jornada nocturna para el año 2026. Afirma que el amparado desea regularizarse en Chile para poder trabajar y estabilizarse, con el objetivo de que su novia y su futuro hijo se vengan a vivir con él a La Serena. En cuanto la resolución impugnada, alega que en ella sólo se consideraron los antecedentes que tenía disponibles la autoridad migratoria, dado que el amparado no remitió a la Dirección Regional, dentro del plazo establecido, los antecedentes solicitados. Asimismo, alega que la causal única esgrimida para decretar la expulsión, consiste en el ingreso por paso no habilitado, omitiendo cualquier otra considerac
Fallo
Por lo expuesto, solicita que se acoja el recurso de amparo, y que se deje sin efecto la resolución que ordena la expulsión del país del amparado, permitiendo la regularización del amparado por la vía más idónea que el tribunal determine. Acompañó a su recurso: 1. Resolución Exenta N° 2500100139578 con fecha 15 de septiembre de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones. 2. Copia Acta de notificación de medida de expulsión con fecha 22 de noviembre de 2025, emitida por el Departamento de Migraciones y Policía Internacional de la PDI. 3. Copia Pasaporte Colombiano de Herlin Zamir Sinisterra Ortiz. 4. Copia de DNI colombiano de Herlin Zamir Sinisterra Ortiz. 5. Copia de Certificado de Nacido Vivo de 2 de octubre de 2001, emitido por el Registro Civil de Nacimiento de Colombia, de Herlin Zamir Sinisterra Ortiz. 6. Certificado de Antecedentes con fecha 28 de noviembre de 2025, emitido por la Procuraduría General de la Nación de Colombia, de Herlin Zamir Sinisterra Ortiz. 7. Copia Cédula de Identidad Extranjero de Nhora Alicia Ortiz. 8. Copia Libreta de Acuerdo de Unión Civil inscrita el 21 de marzo de 2024 de Nhora Alicia Ortiz. 9. Declaración Jurada de Expensas con fecha 28 de noviembre de 2025, emitida por notario Felipe Villarino Krumm. 10. Propuesta de trabajo con fecha 6 de noviembre de 2025, emitido por Jugos Caribeños SPA, bajo firma de notario Gonzalo Hurtado Peralta con fecha 11 de diciembre de 2025. 11. Tarjeta Nacional Estudiantil 2025 Colegio Bulnes de Her
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Sinisterra Ortiz, Herlin Zamir Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Amparo Rol N°786-2025 La Serena, veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Claudio Fernández Ramírez, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Valparaíso, Centro de Atención Jurídica de Segunda Instancia, domiciliado en calle Los Carrera N° 85
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